Menú Principal
Inicio
 
 

DIRECTORIO - RESOLUCIÓN N°: D-196-2023

Montevideo, 5 de julio de 2023
 

VISTO: la propuesta del Departamento de Tesoro de la Gerencia de Servicios Institucionales para proceder a la acuñación de monedas de acuerdo a la conveniencia de abastecimiento de la demanda que se verifica en forma periódica.

RESULTANDO: I) que la Ley N° 18.135 de 11 de junio de 2007 autorizó al Banco Central del Uruguay la acuñación, entre otros, de hasta 200 millones de unidades de monedas de valor facial $1, hasta 200 millones de unidades de monedas de valor facial $2 y hasta 200 millones de unidades de monedas de valor facial $5 y la Ley N° 19.610 de 24 de abril de 2018 autorizó al Banco Central del Uruguay la acuñación de hasta 400 millones de unidades de monedas de valor facial $1 y $2, todo de acuerdo a las características técnicas establecidas para dichas denominaciones;

II) que mediante los concursos de precios N° 2009/01 y N° 2012/01 y las licitaciones públicas N° 2013-LP-PC-00001 y N° 2017-LP-PC-00001 el Banco Central del Uruguay ha acuñado - entre otros - 100 millones de monedas de valor facial $5, 200 millones de monedas de valor facial $2 y 320 millones de monedas valor facial $ 1;

III) que el Departamento del Tesoro de la Gerencia de Servicios Institucionales, realizó una estimación del stock y flujo de monedas para los próximos años, de la que surge la conveniencia de acuñar 72 millones de valor facial $ 1, 72 millones de valor facial $ 2 y 21.6 millones de valor facial $ 5.

CONSIDERANDO: I) que en virtud de la estimación del gasto de la contratación a realizar, el procedimiento de compra a aplicar es el de Licitación Pública, contándose con informe de disponibilidad presupuestal favorable del Área Contaduría y Presupuesto de la Gerencia de Servicios Institucionales;

II) que la Comisión Asesora de Adjudicaciones mediante Dictamen N° 1560 de 3 de julio de 2023, sugiere la aprobación del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá el llamado a Licitación Pública N° 2023-LP-PC- 00001, el que luce agregado de fojas 11 a 39 del expediente N° 2023-50-1-1307.

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el numeral 10 del artículo 85 de la Constitución de la República, a las Leyes N° 18.135 de 11 de junio de 2007 y N° 19.610 de 24 de abril de 2018, al artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera, al dictamen N° 1560 de 3 de julio de 2023 de la Comisión Asesora de Adjudicaciones, a lo informado por la Gerencia de Servicios Institucionales el 5 de julio de 2023 y demás antecedentes que lucen en el expediente N° 2023-50-1-1307,

SE RESUELVE:
1) Autorizar el llamado a Licitación Pública N° 2023-LP-PC-00001 cuyo objeto es la acuñación y entrega de monedas de acuerdo a las especificaciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares según el siguiente detalle: RENGLÓN 1: 72 millones de monedas de valor facial $ 1, RENGLÓN 2: 72 millones de monedas de valor facial $ 2 y RENGLÓN 3: 21.6 millones de monedas de valor facial $5.

2) Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que luce de fojas 11 a 39 del expediente N° 2023-50-1-1307 que regirá el llamado a Licitación Pública N° 2023-LPPC-0001 y disponer que el mismo se entregue sin costo.

3) Incorporar el llamado aprobado, en el Plan Anual de Compras, debiendo publicarse el mismo en la Agencia Reguladora de Compras Estatales.

Acta Nº 3658
Expediente Nº 2023-50-1-1307

Débora Sztarcsevszky
Gerenta de Área

 
 
Monedas de la República Oriental del Uruguay 2.0 | www.monedasuruguay.com | © 2005-2024 Fundación MonROU