VISTO: el llamado a Licitación Pública N° 2022-LP-PC-00002, cuyo objeto es la acuñación y entrega de monedas, según el siguiente detalle: renglón 1 hasta 96 millones de monedas de valor facial $1, renglón 2 hasta 78 millones de monedas de valor facial $2 y renglón 3 hasta 24 millones de monedas de valor facial $5.
RESULTANDO: I) que por resolución D/177/2023 de 14 de junio de 2023 se declaron manifiestamente inconvenientes las ofertas presentadas al llamado mecionado en el Visto y se encomendó al Área Servicios y Seguridad de la Gerencia Servicios Institucionales solicitar a Mincovna Kremnica S.P. y Mennica Polska S.A. mejoras en las condiciones técnicas de precio de las ofertas correspondientes al renglón 2 y la realización de un procedimiento de invitación al amparo de lo dispuesto por el artículo 33 literal D) numeral 2) del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera para los renglones 1 y 3, entre otros;
II) que el 22 de junio de 2023 se realizó la apertura de ofertas de la instancia promovida en cumplimiento de lo indicado precedentemente respecto al renglón 2 del llamado, presentando ambas empresas convocadas las siguientes ofertas mejoradas:
OFERENTE |
MINCOVNA
KREMNICA |
MENNICA
POLSKA S.A. |
FACTOR
Precio |
MONEDA |
EUROS |
EUROS |
PRECIO
MONEDA
ORIGINAL |
2.461.680 |
2.496.000 |
PRECIO
DÓLAR
EST. (*) |
2.676.215 |
2.713.526 |
PUNTAJE |
94.00 |
92.71 |
FACTOR
Referencias |
1 |
2 |
FACTOR
Antecedentes |
1 |
2 |
TOTAL |
96.00 |
96.71 |
III) que con respecto a las cotizaciones originales, Mincovna Kremnica S.P. aplicó una rebaja del 1,16% en su precio y Mennica Polska S.A. introdujo una rebaja del orden del 10,34%.
CONSIDERANDO: I) que teniendo en cuenta que la rebaja introducida por Mincovna Kremnica S.P. fue de muy escasa significación y que el precio mejorado de Mennica Polska S.A. es aún superior al originalmente cotizado por Mincovna Kremnica S.P., corresponde declarar manifiestamente inconvenientes los precios cotizados en esta instancia por ambas empresas y rechazar sus ofertas mejoradas;
II) que a la luz de los resultados de la Licitación Pública N° 2022-LP-PC-00002 y la mejora de ofertas promovida, en sesión Nº 3657 de 28 de junio se dispuso proceder a licitar nuevamente el objeto del llamado, a efectos de introducir cambios en las condiciones técnicas, de plazo y cantidades a adquirir tendientes a promover la concurrencia y teniendo en cuenta que el plazo de tramitación del procedimiento licitatorio no implicaría cambios significativos respecto al de una compra directa por excepción competitiva como originalmente se había dispuesto mediante resolución D/177/2023 de 14 de junio de 2023.
ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por el artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera, al Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige el llamado a Licitación Pública N° 2022-LP-PC-000022, a lo informado por la Gerencia de Servicios Institucionales el 5 de julio de 2023 y demás antecedentes que lucen en el expediente N° 2022-50-1-1149,
SE RESUELVE:
1) Declarar manifiestamente inconvenientes los precios cotizados por Mincovna Kremnica S.P. y Mennica Polska S.A. en la instancia de mejora de ofertas promovida para el renglón 2 de la Licitación Pública N° 2022-LP-PC-00002 cuyo objeto es la acuñación y entrega de monedas de valor facial $ 2 y rechazar por consiguiente las ofertas respectivas.
2) Dejar sin efecto lo dispuesto en el numeral 4 de la resolución D/177/2023 del 14 de junio de 2023 en relación a los renglones 1 y 3 del llamado a licitación Pública N° 2022-LP-PC-00002.
3) Comunicar lo resuelto al Tribunal de Cuentas de la República.
Acta Nº 3658
Expediente Nº 2022-50-1-1149
Débora Sztarcsevszky
Gerente de Área |