VISTO: la propuesta del Departamento de Tesoro del Área Gestión de Bienes y
Servicios de la Gerencia de Servicios Institucionales para proceder a la acuñación de monedas de acuerdo a la conveniencia de abastecimiento de la demanda que se
verifica en forma periódica.
RESULTANDO: I) que la Ley N° 18.135 de 11 de junio de 2007 autorizó al Banco
Central del Uruguay la acuñación, entre otros, de hasta 200 millones de unidades de monedas de valor facial $1, hasta 200 millones de unidades de monedas de valor facial $2 y hasta 200 millones de unidades de monedas de valor facial $5 y la Ley N° 19.610 de 24 de abril de 2018 autorizó al Banco Central del Uruguay la acuñación de hasta 400 millones de unidades de monedas de valor facial $1 y $2, todo de acuerdo a las características técnicas establecidas para dichas denominaciones;
II) que mediante los concursos de precios N° 2009/01 y N° 2012/01 y las licitaciones públicas N° 2013-LP-PC-00001 y N° 2017-LP-PC-00001 el Banco Central del Uruguay ha acuñado -entre otros- 100 millones de monedas de valor facial $5, 200 millones de monedas de valor facial $2 y 320 millones de monedas valor facial $ 1;
III) que el Departamento del Tesoro de la Gerencia de Servicios Institucionales, realizó una estimación del stock y flujo de monedas para los próximos años, de la que surge la conveniencia de acuñar 96 millones de valor facial $ 1, 78 millones de valor facial $ 2 y 24 millones de valor facial $ 5.
CONSIDERANDO: I) que en virtud de la estimación del gasto de la contratación a
realizar, el procedimiento de compra a aplicar es el de Licitación Pública, contándose con informe de disponibilidad presupuestal favorable del Área Contaduría y
Presupuesto de la Gerencia de Servicios Institucionales;
II) que la Gerencia de Servicios Institucionales sugiere la aprobación del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá el llamado a Licitación Pública N° 2022-LP-PC-0002, el que luce agregado de fojas 167 a 195 del expediente N° 2022-50-1-1149.
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el numeral 10 del artículo 85 de la
Constitución de la República, a las Leyes N° 18.135 de 11 de junio de 2007 y N° 19.610 de 24 de abril de 2018, al artículo 33 del T.O.C.A.F., al dictamen N° 1542 de 9 de noviembre de 2022 de la Comisión Asesora de Adjudicaciones, a lo informado por la Gerencia de Servicios Institucionales el 21 de noviembre de 2022 y demás
antecedentes que lucen en el expediente N° 2022-50-1-1149,
SE RESUELVE:
1) Autorizar el llamado a Licitación Pública N° 2022-LP-PC-0002 cuyo objeto es: “Acuñación y entrega de monedas de acuerdo a las especificaciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, según el siguiente detalle: RENGLÓN 1: hasta 96 millones de monedas de valor facial $ 1, RENGLÓN 2: hasta 78 millones de monedas de valor facial $ 2 y RENGLÓN 3: hasta 24 millones de monedas de valor facial $5”.
2) Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que luce de fojas 164 a 195 del expediente N° 2022-50-1-1149 que regirá el llamado a Licitación Pública N° 2022-LP-PC-0002 y disponer que el mismo se entregue sin costo.
Acta Nº 3625
Expediente Nº 2022-50-1-1149
Jorge Christy
Secretario General |