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DIRECTORIO - RESOLUCIÓN N°: D-365-2023

Montevideo, 15 de noviembre de 2023
 

VISTO: la solicitud presentada por la Secretaría Nacional del Deporte, de acuñar una moneda conmemorativa, de los cien años de la Primer Medalla de oro olímpico para la República Oriental del Uruguay.

RESULTANDO: que el 9 de junio de 2024, se cumplen cien años de que la selección uruguaya de fútbol se consagró campeona del Torneo de Fútbol, que se desarrolló dentro de los Juegos Olímpicos, habiendo sido la primera en erigirse como Campeón Olímpico y Campeón del Mundo en Sudamérica, al punto que, en el año 1941, se declaró a esta fecha “Día del fútbol sudamericano”.

CONSIDERANDO: I) que el hito de la selección uruguaya de fútbol de 1924 se considera el inicio de un proceso del fútbol uruguayo, que se continuó con la gesta de Ámsterdam y culminó con la obtención de los campeonatos mundiales de 1930 en la República Oriental del Uruguay y 1950 en la República Federativa del Brasil;

II) que, en virtud de lo antes expuesto, resulta de interés para la Institución, en el ámbito de su competencia, promover ante el Poder Ejecutivo - Ministerio de Economía y Finanzas - la acuñación de la moneda conmemorativa de los cien años de la primera medalla de oro olímpico para la República Oriental del Uruguay.

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido en el ordinal 10 del artículo 85 de la Constitución de la República, al literal A del artículo 7 de la Ley Nº 16.696 de 30 de marzo de 1995 en la redacción dada por las Leyes Nº 18.401 de 24 de octubre de 2008 y Nº 18.643 de 9 de febrero de 2010, a lo informado por la Secretaría General el 13 de noviembre de 2023 y demás antecedentes que lucen en el expediente N° 2023-50-1- 2152,

SE RESUELVE:
Remitir al Ministerio de Economía y Finanzas el siguiente Anteproyecto de Ley:

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El origen
Luego de la celebración de los Juegos Olímpicos de 1912, el Secretario General de la Federación Internacional de Fútbol (FIFA), propuso que los concursos de fútbol de los Juegos Olímpicos tuvieran la consideración de Campeonato Internacional. Desde el 13 al 23 de junio de 1914, el Comité Olímpico Internacional se reunió en París y su presidente barón Pierre de Coubertin, concretó la reforma “transfiriendo la totalidad de los poderes deportivos, incluyendo los criterios de admisión de manos de las `asociaciones nacionales autónomas´ a manos de las federaciones internacionales y de sus asociaciones delegadas”. Casi al mismo tiempo, el Congreso de la FIFA reunido en Cristiania aprueba por unanimidad reconocer el Concurso Olímpico de Fútbol como el Campeonato Amateur del Mundo de Football Association, si se lleva a cabo con las reglas y deseos de la Federación y otorga, solo a la FIFA, el derecho a organizar el campeonato internacional entre las asociaciones afiliadas.

El 17 de marzo de 1921, el Barón Pierre de Coubertin, solicitó al Congreso que otorgara la 8ª Olimpiada a París. La publicación France Football a medida que se aproxima la fecha de los Juegos comienza a editar titulares denominando a los Juegos Olímpicos como “Le Tournoi Mondial de Football”.

La afiliación
Poco antes de la disputa de la Copa América de 1923 en Montevideo, el presidente de la Asociación Uruguaya de Fútbol, doctor Atilio Narancio, prometió a los futbolistas que los llevaría a competir al Torneo Mundial de Fútbol de los Juegos Olímpicos de París 1924 si obtenían el triunfo en la competencia sudamericana.

La Asociación Uruguaya de Fútbol había logrado su afiliación a la FIFA en el mismo año 1923, gracias a las tratativas del ministro Plenipotenciario de Uruguay en Suiza, doctor Enrique Buero. Por primera vez en su historia, los Congresos de la FIFA contaban con un afiliado no europeo.

Campeonato Sudamericano
El domingo 4 de noviembre de 1923, en Montevideo, debuta Uruguay en el campeonato sudamericano, organizado por la Asociación Paraguaya de Fútbol, en nuestro país. Juegan todos contra todos, Uruguay logra, luego de tres partidos, erigirse como el ganador del evento.

El entusiasmo generado motivaba el sueño de viajar a Europa. Restaban apenas seis meses para el Campeonato de Fútbol de los Juegos Olímpicos de París y Atilio Narancio, presidente de la Asociación Uruguaya de Fútbol, había realizado la promesa: “Muchachos, si salen campeones de América, van a viajar a Europa el año próximo, para disputar el campeonato del mundo del Fútbol en el torneo de los Juegos Olímpicos que se llevará a cabo en Colombes, París”.

El plantel celeste, compuesto por los veinte futbolistas: José Leandro Andrade, Pedro Arispe, Pedro Casella, Pedro Cea, Alfredo Ghierra, Andrés Mazali, José Nasazzi, José Naya, Pedro Petrone, Ángel Romano, Zoilo Saldombide, Héctor Scarone, Pascual Somma, Humberto Tomassina, Santos Urdinarán, José Vidal, Alfredo Zibechi, los delegados Asdrúbal Casas y Enrique Buero (Casto Martínez Laguarda se sumaría en una escala posterior), el masajista Ernesto Fígoli y el árbitro Atilio Minoli, partió, el 16 de marzo de 1924, en la tercera clase del vapor “Desirade”, rumbo a lo desconocido. Se comenzaba a contar, así, la primera épica mundialista.

Uruguayos campeones
Uruguay desembarcó en Vigo, España, el 7 de abril de 1924 para iniciar una gira preparatoria que fue todo un éxito. Finalmente, el 17 de mayo llegó a París y se instaló en la Villa Olímpica.

El 26 de mayo tuvo su primer encuentro con Yugoslavia, venciendo 7 a 0. Europa, sorprendida, comenzaba a tomar muy en serio a esta selección sudamericana. El partido siguiente los enfrentó con la escuadra de Estados Unidos y esta vez la victoria celeste fue por 3 goles contra 0. Ya se hablaba de un juego exquisito, jamás visto.

Le tocó luego el turno al local, Francia, que cayó derrotada por 5 goles contra 1 y el último partido, que llevó a Uruguay a la final del campeonato, contra Holanda, resultó en victoria uruguaya por 2 goles contra 1.

Llegó el día de la final, 9 de junio y la celeste tenía que enfrentar, en el estadio Colombes y ante 40.000 aficionados, rompiendo records de espectadores y recaudación, a la selección de Suiza. Uruguay formó con Mazali; Nasazzi y Arispe; Andrade, Vidal y Ghierra; Urdinarán, Scarone, Petrone, Cea y Romano. Petrone y Cea, en la primera mitad y Romano en el complemento, marcaron los goles más importantes en la historia de nuestro fútbol. La Celeste se impuso por 3 a 0 y se consagró el equipo campeón del Mundo. Fue el primer cuadro sudamericano en lograr esta gesta y el inicio de un período de grandes éxitos para el fútbol nacional. Al punto que, en el año 1941, la Confederación Sudamericana de Fútbol decidió declarar al 9 de junio, como el Día del Fútbol Sudamericano.

Al terminar el partido, y con los ojos llenos de lágrimas y el corazón henchido, los jugadores caminaron alrededor de la cancha, saludando al público presente. Nacía de este modo, para siempre, la “Vuelta Olímpica”.

Por todo lo expuesto, resulta de interés elevar este Anteproyecto de Ley, que habilite al Banco Central del Uruguay a acuñar monedas conmemorativas de los cien años de la primera medalla de oro olímpico para la República Oriental del Uruguay de la manera que se estime más adecuada a las finalidades que le atribuye la Constitución de la República y su Carta Orgánica (Ley N° 16.696 de 30 de marzo de 1995, en la redacción dada por Ley N° 18.401 de 24 de octubre de 2008).

ANTEPROYECTO DE LEY

Artículo 1º - Autorízase, al Banco Central del Uruguay, la acuñación de monedas conmemorativas “Cien años de la primer medalla de oro olímpico para la República Oriental del Uruguay”, hasta las cantidades y con las características que se determinan en los artículos siguientes.

Artículo 2º - El Banco Central del Uruguay podrá acuñar hasta 5.000 (cinco mil) unidades con las siguientes características. El valor facial de cada unidad será de $ 2.000 (pesos uruguayos dos mil). La moneda será de plata con un fino de 900 (novecientas) milésimas. Se admitirá una tolerancia por aleación de un 2% (dos por ciento). Tendrá 12,50 (doce y medio) gramos de peso y 33 (treinta y tres) milímetros de diámetro. Se admitirá una tolerancia de peso del 2% (dos por ciento) por cada millar y de +/- 0,1 mm en el diámetro. Su forma será circular y su canto liso.

Artículo 3º - El Banco Central del Uruguay determinará los elementos ornamentales de las monedas referidas.

Artículo 4º - Facúltase al Banco Central del Uruguay a disponer la desmonetización de las monedas cuya acuñación se autoriza con esta Ley y a su venta tanto en el país como en el exterior”.

Acta Nº 3680
Expediente Nº 2023-50-1-2152

Débora Sztarcsevszky
Gerenta de Área

 
 
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