MONEDA
DE COBRE
SEÑALANDO EL DÍA EN QUE EMPEZARÁ
A TENER EFECTO LA LEY DE 26 DE ENERO DE 1831
Hallándose
ya dispuesto todo lo necesario al cumplimiento de la ley
de 26 de enero próximo pasado sobre extinción
de moneda de cobre extranjera, el Gobierno ha acordado y decreta:
Artículo
1º.- La precitada ley empezará a tener
efecto en todo el territorio del Estado el día 15 del
corriente mes.
Artículo
2º.- El Ministerio de Estado en el departamento
de Hacienda queda encargado al cumplimiento de este decreto,
que se publicará por bando en todos los departamentos,
se insertará en los periódicos y Registro Nacional,
y comunicará a quienes corresponda.
PEREZ
GABRIEL ANTONIO PEREIRA