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BROU 32E / KM# PnA31
VALOR $ 10 (Un Doblón*) FECHA
1870
LEY 723
METAL Oro 917/1000 MODULO
~30 mm
PESO ~16,97 g
CECA París - Francia CANTO  
ANVERSO Escudo de Armas - REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
REVERSO

LIBRE Y CONSTITUIDA
1 DOBLON - Palmas de laurel y olivo - 1870

Emisión Autorizada
Cantidad Acuñada
Observaciones *1 Doblón equivalía a 10 Pesos.
Los ensayos BROU 28E, en cobre dorado con canto liso,
BROU 29E, en cobre dorado con canto estriado, y BROU 30E,
en cobre dorado con incisión dorada, presentan el mismo diseño.
 
   
10 Pesos oro de la República de Chile (1863)
Imagen en relación de escala 5 px = 1 mm
 

La Ley Nº 723, de 23 de junio de 1862, en la que se establece la creación de esta pieza, indica, en su artículo 7º, que el Doblón será igual en diámetro al cóndor de Chile. Seguidamente, en su artículo 8º, al establecer la equivalencia de la moneda nacional con la extranjera de circulación permitida, señala que el cóndor chileno de oro, con peso de 15,253 g y ley de 900 milésimos, equivaldrá a 9 Pesos. La moneda que la Ley llama "cóndor chileno" es la pieza de 10 Pesos oro acuñada por la República de Chile en aquella época. La misma tenía un diámetro de 27 mm. El Doblón uruguayo que se ensayó en 1870 tenía 30 mm de diámetro y 16,97 g de peso, por lo que su par chilena le equivalía en 9/10. Estos detalles permiten hacer notar un error en la redacción del artículo 7º de la Ley que ordena similares diámetros para monedas de diferentes valores oro, error que se enmienda parcialmente al establecer la correlación de cambio en el artículo 8º. El otro aspecto diferente entre ambas es su fino, 917 el Doblón y 900 el cóndor, lo que será corregido por Ley Nº 775, de 28 de mayo de 1863, que establece finalmente un valor de circulación de ocho pesos con ochenta centésimos para la pieza chilena.

 
 
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