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10 Pesos oro de la República
de Chile (1863)
Imagen en relación de escala 5 px = 1 mm |
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La Ley Nº 723, de 23
de junio de 1862, en la que se establece la creación
de esta pieza, indica, en su artículo 7º, que el
Doblón será igual en diámetro al cóndor
de Chile. Seguidamente, en su artículo 8º, al establecer
la equivalencia de la moneda nacional con la extranjera de circulación
permitida, señala que el cóndor chileno de oro,
con peso de 15,253 g y ley de 900 milésimos, equivaldrá
a 9 Pesos. La moneda que la Ley llama "cóndor chileno"
es la pieza de 10 Pesos oro acuñada por la República
de Chile en aquella época. La misma tenía un diámetro
de 27 mm. El Doblón uruguayo que se ensayó en
1870 tenía 30 mm de diámetro y 16,97 g de peso,
por lo que su par chilena le equivalía en 9/10. Estos
detalles permiten hacer notar un error en la redacción
del artículo 7º de la Ley que ordena similares diámetros
para monedas de diferentes valores oro, error que se enmienda
parcialmente al establecer la correlación de cambio en
el artículo 8º. El otro aspecto diferente entre
ambas es su fino, 917 el Doblón y 900 el cóndor,
lo que será corregido por Ley
Nº 775, de 28 de mayo de 1863, que establece finalmente un valor
de circulación de ocho pesos con ochenta centésimos
para la pieza chilena.