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DECRETO DE 30 DE SETIEMBRE DE 1948

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MONEDAS DE COBRE
SE AUTORIZA LA CIRCULACIÓN DE UNAS MONEDAS DE COBRE.

MINISTERIO DE HACIENDA

Montevideo, Setiembre 30 de 1948.

Vista la comunicación del Departamento de Emisión del Banco de la República haciendo saber que próximamente llegarán de Chile remitidas por la Casa de Monedas y Especies Valoradas, dos partidas de monedas de cobre de cinco centésimos por $75.000.00 y de dos centésimos por $20.000.00.

El Presidente de la República,
DECRETA:

Artículo 1º.- Queda autorizado el Departamento de Emisión del Banco de la República, para poner en circulación las monedas de cobre remitidas por la Casa de Monedas y Especies Valoradas de Santiago de Chile, por valor de setenta y cinco mil pesos ($75.000.00) de cinco centésimos ($0.05) y veinte mil pesos ($20.000.00) de dos centésimos ($0.02).

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES
LEDO ARROYO TORRES

 
 
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