MONEDAS
DE COBRE
SE AUTORIZA LA CIRCULACIÓN DE UNAS MONEDAS DE COBRE.
MINISTERIO
DE HACIENDA
Montevideo,
Setiembre 30 de 1948.
Vista
la comunicación del Departamento de Emisión del
Banco de la República haciendo saber que próximamente
llegarán de Chile remitidas por la Casa de Monedas y
Especies Valoradas, dos partidas de monedas de cobre de cinco
centésimos por $75.000.00 y de dos centésimos
por $20.000.00.
El Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo
1º.- Queda autorizado el Departamento de Emisión
del Banco de la República, para poner en circulación
las monedas de cobre remitidas por la Casa de Monedas y Especies
Valoradas de Santiago de Chile, por valor de setenta y cinco
mil pesos ($75.000.00) de cinco centésimos ($0.05) y
veinte mil pesos ($20.000.00) de dos centésimos ($0.02).
Artículo
2º.- Comuníquese, etc.
BATLLE
BERRES
LEDO ARROYO TORRES