MONEDAS
DE COBRE
SE AUTORIZA PARA PONER EN CIRCULACIÓN
MONEDAS DE $ 0.02 Y $ 0.05.
MINISTERIO
DE HACIENDA
Montevideo,
Julio 24 de 1946.
Vista
la gestión del consejo Honorario del Departamento de
Emisión del Banco de la República, solicitando
autorización para poner en circulación una partida
de monedas de cobre de pesos 17.400.00 de $ 0.02 y de $ 100.000.00
de $ 0.05, recibida de la Casa de Moneda y Especies Valoradas
de Santiago de Chile y que se mandaron acuñar de conformidad
a la ley de 19 de Octubre de 1945,
El
Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo
1º.- Autorízase al departamento de Emisión
del Banco de la República para poner en circulación
las monedas a que se ha hecho referencia.
Artículo
2º.- Comuníquese, etc.
AMEZAGA
HÉCTOR ÁLVAREZ CINA