MONEDAS
DE COBRE-ALUMINIO
SE PRORROGA EL PLAZO PARA EL RETIRO DE LAS DE 10 CENTESIMOS
MINISTERIO
DE HACIENDA
Montevideo,
Marzo 12 de 1943.
Vista
la gestión del Departamento de Emisión del Banco
de la República, solicitando se prorrogue por seis meses
más el plazo para el retiro de la circulación de
las monedas de cobre-aluminio de $
0.10 (diez centésimos), acuñadas en conmemoración
del Centenario de 1830;
Considerando: que por decreto de 14 de Setiembre
de 1942, se estableció un plazo de seis meses, desde
esa fecha, para el retiro de las citadas monedas, el que vence
el día 14 del corriente; pero, dificultades que se han
presentado para la acuñación de las nuevas monedas
de vellón aconsejan que se prorrogue el plazo de retiro,
por un tiempo prudencial, con el fin de estudiar la posibilidad
de reacuñar la pasta de cobre-aluminio, hasta tanto pueda
encontrarse una solución definitiva,
El
Presidente de la República
DECRETA:
Artículo
1°.- Prorrógase por seis meses el plazo acordado
por decreto de 14 de Setiembre de 1942, para el retiro de las
monedas de cobre-aluminio conmemorativas del Centenario de 1930.
Artículo 2°.- Comuníquese,
etc.
AMEZAGA.
RICARDO COSIO. |