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DECRETO DE 12 DE MARZO DE 1943

Registro Nacional de Leyes y Decretos, 1943, págs. 699 y 700
 

MONEDAS DE COBRE-ALUMINIO
SE PRORROGA EL PLAZO PARA EL RETIRO DE LAS DE 10 CENTESIMOS

MINISTERIO DE HACIENDA

Montevideo, Marzo 12 de 1943.

Vista la gestión del Departamento de Emisión del Banco de la República, solicitando se prorrogue por seis meses más el plazo para el retiro de la circulación de las monedas de cobre-aluminio de $ 0.10 (diez centésimos), acuñadas en conmemoración del Centenario de 1830;
Considerando: que por decreto de 14 de Setiembre de 1942, se estableció un plazo de seis meses, desde esa fecha, para el retiro de las citadas monedas, el que vence el día 14 del corriente; pero, dificultades que se han presentado para la acuñación de las nuevas monedas de vellón aconsejan que se prorrogue el plazo de retiro, por un tiempo prudencial, con el fin de estudiar la posibilidad de reacuñar la pasta de cobre-aluminio, hasta tanto pueda encontrarse una solución definitiva,

El Presidente de la República
DECRETA:

Artículo 1°.- Prorrógase por seis meses el plazo acordado por decreto de 14 de Setiembre de 1942, para el retiro de las monedas de cobre-aluminio conmemorativas del Centenario de 1930.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

AMEZAGA.
RICARDO COSIO.

 
 
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