BANCO
DE LA REPUBLICA
SE LE AUTORIZA PARA EFECTUAR UNA NUEVA REACUÑACION DE MONEDAS
DE PLATA DE VEINTE CENTESIMOS
MINISTERIO
DE HACIENDA
Montevideo,
Agosto 8 de 1921.
Vista
la nota del Directorio del Banco de la República en que
se gestiona la autorización para reacuñar doscientos
mil pesos en monedas de plata de $
0.20;
Atento a que las necesidades de la circulación aconsejan
acceder a lo solicitado hasta alcanzar la suma total de 500.000
pesos, prevista en la ley de 21 de Junio de
1920,
El Consejo Nacional de Administración resuelve:
Artículo
1°.- Autorizar al Directorio del Banco de la República
para efectuar una nueva reacuñación de monedas de
plata de $ 0.20 por valor
de doscientos mil pesos, hasta llegar al límite de quinientos
mil pesos, fijado por la ley de 21 de Junio
de 1920.
Artículo 2°.- La reacuñación
referida se ajustará a las condiciones establecidas en
la ley citada.
Artículo 3°.- Comuníquese,
etc.
Por
el Consejo:
BATLLE Y ORDOÑEZ.
R. VECINO.
T. VIDAL BELO,
Secretario. |