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CONSTITUCION DE 1918

Plebiscitada el 25 de noviembre de 1917
 

SECCION IV
Del Poder legislativo y sus Cámaras

CAPITULO I

Artículo 18°.- A la Asamblea General compete:

10. Justificar el peso, ley valor de las monedas; fijar el tipo y denominación de las mismas, y arreglar el sistema de pesas y medidas.

 
 
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