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DIRECTORIO - RESOLUCION Nº: D-166-2017

Montevideo, 28 de junio de 2017
 

VISTO: la acuñación de monedas de plata con valor facial $ 1.000 (pesos uruguayos un mil) conmemorativas de la inscripción del “Paisaje Industrial Fray Bentos” como paisaje cultural en la Lista del Patrimonio Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y de $ 2.000 (pesos uruguayos dos mil), conmemorativas del cincuentenario de la creación del Banco Central del Uruguay.

RESULTANDO: que el artículo 4 de la Ley N° 19.381 de 22 de abril de 2016 y el artículo 4 de la Ley N° 19.424 de 27 de julio de 2016 facultó al Banco Central del Uruguay a disponer la desmonetización de las monedas cuya acuñación se autorizó por las referidas Leyes, así como la posterior enajenación de las piezas desmonetizadas.

CONSIDERANDO: que el Directorio del Banco Central del Uruguay, en sesión N° 3249 de 18 de febrero de 2016 dispuso que, en forma previa a la puesta en circulación de las monedas conmemorativas que se acuñen, debe procederse a su desmonetización en óptimas condiciones de conservación, a efectos de resguardar su valor como piezas numismáticas.

ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 19.381 de 22 de abril de 2016 y en el artículo 4 de la Ley N° 19.424 de 27 de julio de 2016, a lo informado por la Secretaria General el 26 de junio de 2017 y demás antecedentes que lucen en el expediente N° 2016-50-1-1761,

SE RESUELVE:
1) Disponer la desmonetización de la totalidad de las monedas de plata con valor facial $ 1.000 (pesos uruguayos un mil) conmemorativas de la inscripción del “Paisaje Industrial Fray Bentos” como paisaje cultural en la Lista del Patrimonio Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

2) Disponer la desmonetización de la totalidad de las monedas de plata con valor facial $ 2.000 (pesos uruguayos dos mil) acuñadas en conmemoración del cincuentenario de la creación del Banco Central del Uruguay.

3) Dar la más amplia difusión de lo dispuesto precedentemente.

Acta Nº 3321
Expediente Nº 2016-50-1-1761

Elizabeth Oria
Secretaria General

 
 
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