Menú Principal
Inicio
 
 

DECRETO DE 16 DE DICIEMBRE DE 1847

-
 

MONEDA DE PLATA
SE PROHIBE LA CIRCULACION DE LAS DE PLATA
CON EL CUÑO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.

Visto el informe de la comisión nombrada, y lo que resulta del análisis practicado en las referidas monedas, con el cuño de la provincia de Córdoba en la República Argentina; dígase al Jefe Político en contestación que declare ilegales y prescriba la no circulación de ella dando en los diarios los avisos necesarios para conocimiento del público. Avísese al Ministerio de Hacienda a los efectos siguientes.

Rubrica de S.E.
HERRERA Y OBES.

 
 
Monedas de la República Oriental del Uruguay 2.1 | www.monedasuruguay.com | © 2005-2024 Fundación MonROU