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DECRETO DE 5 DE FEBRERO DE 1829

 
 

MONEDA DE COBRE
Reglamentación de los pagos a todos los empleados del Estado,
así civiles, como militares.

Cobrándose en la actualidad la mayor parte de las rentas del Estado en moneda metálica, el Gobierno se ha penetrado del perjuició que se infiere a los empleados pagándoles sus sueldos en billetes del Banco de Buenos Aires por su valor, a sus empleados y dependientes la exactitud y buen desempeño en el servicio público, reconoce también la obligación de no defraudarles ni indirectamente de la compensación que les determina la ley: ha acordado y decreta:

Artículo 1.º - A todos los empleados del Estado, así civiles, como militares, se les pagará sus sueldos desde el 1.º de Enero ppdo., en la moneda metálica que se recibe en las oficinas de recaudación.

Circúlese a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.

Rondeau.
Francisco Joaquín Muñoz.

 
 
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