VISTO: la solicitud de patrocinio del Instituto Uruguayo de Numismática para la realización de las Jornadas Uruguayas de Numismática 2016, formulada mediante nota de 23 de mayo de 2016.
RESULTANDO: que las Jornadas referidas en el Visto se realizarán los días 15 y 16 de octubre de 2016 y en las mismas se intercambiarán conocimientos vinculados a la numismática a través de conferencias y otras actividades.
CONSIDERANDO: I) que en las Jornadas referidas en el Visto se fomenta el desarrollo de la numismática en el Uruguay y el Banco Central del Uruguay cuenta entre las atribuciones conducentes al logro de sus finalidades, la acuñación de monedas conforme a lo dispuesto en el artículo 85 numeral 10) de la Constitución de la República y la promoción y desarrollo de la educación y cultura económica y financiera;
II) que se deberá recabar informe de disponibilidad presupuestal a efectos de determinar la existencia de fondos suficientes para la erogación a realizar.
ATENTO: lo expuesto, a lo dispuesto por los artículos 3 y 7 de la Ley N° 16.696 de 30 de marzo de 1995, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley N° 18.401 de 24 de octubre de 2008 y artículo 334 de la Ley N° 18.996 de 7 de noviembre de 2012, respectivamente, a la Ley Nº 17.071 de 28 de diciembre de 1998, a la resolución D/338/2007 de 1 de agosto de 2007 y demás antecedentes que lucen en el expediente Nº 2016-50-1-1170,
SE RESUELVE: 1) Contribuir con la suma de U$S 2.500 (dólares estadounidenses dos mil quinientos) para la realización de las Jornadas mencionadas en el Visto.
2) Comunicar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto lo dispuesto en el numeral 1), de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Nº 17.071 de 28 de diciembre de 1998.
3) Comunicar al Instituto de Uruguayo de Numismática lo resuelto en el numeral 1).
Acta Nº 3265
Expediente Nº 2016-50-1-1170
Elizabeth Oria
Secretaria General |