VISTO: la Ley Nº 18.720 de 12 de enero de 2011, que autoriza al
Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación
de monedas conmemorativas del Bicentenario del Proceso de Emancipación
Oriental.
RESULTANDO: I) que el artículo 2º de la mencionada Ley autorizó
la acuñación, de acuerdo con las características
técnicas definidas en la misma;
a) hasta 10.000.000 (diez millones) de unidades de valor facial
$ 50 (pesos uruguayos cincuenta) en material electrodepositado
y hasta 1.000 (mil) ensayos (o réplicas) de esta moneda
en plata y hasta 1000 (mil) ensayos o réplicas en bronce.
b) hasta 5.000 (cinco mil) unidades de valor facial $ 1.000
(pesos uruguayos mil) en plata.
II) que asimismo, la Ley delegó en la Institución
la definición de los elementos ornamentales de las monedas
a acuñar, alusivos al Bicentenario del Proceso de Emancipación
Oriental y la facultó a prescindir del requisito de Licitación
Pública por el llamado a precios.
CONSIDERANDO: I) que la Comisión Honoraria Asesora en Materia de Monedas
y Billetes definió los elementos ornamentales de las
monedas, así como detalles de presentación y empaque
de las mismas, de acuerdo con los diseños que lucen de
fojas 5 a 8 y 52 a 54 de las presentes actuaciones;
II) que los servicios competentes elaboraron el Pliego Complementario
de Condiciones, incorporando los diseños mencionados
en el numeral precedente, el cual fue aprobado por la Comisión
Asesora de Adjudicaciones según Dictamen N° 1196
de 14 de enero de 2011;
III) que, sin perjuicio de la facultad referida en el Resultando
II), se entiende conveniente, en función que el precio
estimado del gasto asciende a U$S 660.000 (dólares americanos
seiscientos sesenta mil), seguir como procedimiento de contratación
el de Licitación Abreviada.
ATENTO: a la Ley N° 18.720 de 12 de enero de 2011, al artículo
33 numeral 1) del T.O.C.A.F, al Dictamen de la Comisión
Asesora de Adjudicaciones Nº 1196 de 14 de diciembre de
2011 y demás antecedentes que lucen en el expediente
N° 2010/1544;
SE
RESUELVE: Aprobar el Pliego Complementario de Condiciones
para la realización del llamado a Licitación Abreviada
Nº 100/11 cuyo objeto es la acuñación de:
a) hasta 10:000.000 de monedas conmemorativas de $ 50 (pesos
uruguayos cincuenta) en material electrodepositado y hasta 1.000
réplicas de esta moneda en plata y hasta 1.000 réplicas
en bronce.
b) hasta 5.000 monedas conmemorativas de $ 1.000 (pesos uruguayos
mil) en plata, de acuerdo con los diseños sugeridos por
la Comisión Honoraria Asesora en Materia de Monedas y
Billetes que lucen de fojas 5 a 8 y 52 a 54 del mismo expediente,
con la siguiente modificación y las adecuaciones correspondientes:
respecto al ítem c) del objeto del llamado (hasta 5.000
monedas de plata con valor facial $ 1.000) establecer dos alternativas
de cotización:
i) por un total de 3.000 monedas
ii) por un total de 5.000 monedas,
reservándose el Banco Central la potestad de adjudicar
la cantidad que oportunamente estime conveniente.
Acta Nº
2975
Expediente Nº 2010/1544
Elizabeth Oria
Secretaria General