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DIRECTORIO - RESOLUCION Nº: D-138-2011

Montevideo, 4 de mayo de 2011
 

VISTO: el llamado a Licitación Abreviada Nº 100/10 cuyo objeto es la “Acuñación de monedas conmemorativas del Bicentenario del Proceso de Emancipación Oriental”.

RESULTANDO: I) que en el marco de la competencia de la Institución, y a los efectos de su participación en las diversas actividades de celebración del Bicentenario del Proceso de Emancipación Oriental, establecidas en la Ley Nº 18.677 de 13 de agosto de 2010, se autorizó al Banco Central, por Ley Nº 18.720 de 29 de diciembre de 2010, la acuñación de monedas y ensayos conmemorativos, cuya gestión se realiza a través del procedimiento de contratación mencionado en el Visto;
II) que por resolución D/110/2011 de 6 de abril de 2011 se adjudicó el llamado referido en el Visto a la empresa Mincovna Kremnica;
III) que el 11 de abril de 2011 todas las empresas oferentes fueron notificadas del acto administrativo mencionado en el Resultando II;
IV) que el 28 de abril de 2011, la empresa South African Mint CO., mediante comunicación electrónica, solicita la revisión de la resolución adoptada por el Directorio detallada en Resultando I, la cual, de acuerdo con el Dictamen de Asesoría Jurídica Nº 11/130 de 29 de abril de 2011 y al informe del Gerente de Asesoría Jurídica, doctor Hebert Bagnoli, de 2 de mayo de 2011, debe considerarse como recurso de revocación contra la resolución D/110/2011 de 6 de abril de 2011.

CONSIDERANDO: I) que el artículo 62 del T.O.C.A.F. establece que los recursos interpuestos contra los actos administrativos dictados en los procedimientos de contratación, tendrán efecto suspensivo salvo que la administración actuante, por resolución fundada, declare que dicha suspensión afecta inaplazables necesidades del servicio o le causa graves perjuicios;
II) que la suspensión de la adjudicación de la Licitación Abreviada Nº 100/10 retrasa el inicio del proceso de acuñación de valores contratado, repercutiendo negativamente en los plazos previstos para su recepción, lo cual compromete seriamente el cumplimiento del objetivo institucional de participar durante el presente año en la celebración del Bicentenario del Proceso de Emancipación Oriental, mediante la acuñación de monedas y ensayos conmemorativos de ese acontecimiento;
III) que por lo expresado en el Considerando anterior, están dadas las condiciones para dejar sin efecto, al amparo del artículo 62 del T.O.C.A.F., la suspensión de la resolución D/110/2011 de 6 de abril de 2011.

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido en el artículo 62 del T.O.C.A.F., al Dictamen de Asesoría Jurídica Nº 11/130 de 29 de abril de 2011, al informe del Gerente de Asesoría Jurídica, doctor Hebert Bagnoli, de 2 de mayo de 2011, a los informes que con su acuerdo eleva la Gerencia de Servicios Institucionales el 3 de mayo de 2011 y demás antecedentes que lucen en el expediente Nº 2010/1544,

SE RESUELVE: Dejar sin efecto la suspensión de la resolución D/110/2011 de 6 de abril de 2011 que rige con motivo del recurso de revocación interpuesto contra la misma por la firma South African Mint CO. en el marco del procedimiento de Licitación Abreviada Nº 100/10 y disponer su cumplimiento sin más trámite.

Acta Nº 2992
Expediente Nº 2010/1544

Patricia Mills
Gerente de Área

 
 
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