Ministerio de Hacienda
AUTORIZA A LA SUPERINTENDENCIA DE LA CASA DE MONEDA
PARA CONTRATAR LA ACUÑACIÓN DE LA CANTIDAD DE MONEDAS
QUE ESPECIFICA EN EL LUGAR QUE INDICA
Num. 2.791. - Santiago, 4 de mayo de 1948. - Vista la nota N.o 219, de la Superintendencia de la Casa de Moneda y Especies Valoradas, de 20 de Abril de 1943, Decreto:
1.o Autorízase a la Superintendencia de la Casa de Moneda y Especies Valoradas para contratar con el Banco de la República Oriental del Uruguay la acuñación de 7.500.000 de monedas de cobre de 2 centésimos y 3.000.000 de monedas de cobre de 5 centésimos, a los preeios de 1.750 dóllars y 1.500 dóllars, respectivamente, por tonelada, puesto a bordo en Montevideo, seguro excluido.
2.o Facúltase al Embajador de Chile en Uruguay para suscribir el contrato respectivo en representación del Gobierno de Chile.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.
GABRIEL GONZÁLEZ V.
Jorge Alessandri R. |