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MEMORIA CORRESPONDIENTE AL AÑO 1916

Casa de Moneda de la Nación Argentina - Páginas 17 a 33
 

MONEDA DE PLATA PARA LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

Para el Banco de la República Oriental del Uruguay se han acuñado 464.147 piezas de plata de 50 centésimos cada una, con un peso fino de gramos 5.802.282 y un valor 232.073,50 pesos oro moneda uruguaya.

De esta cantidad de piezas acuñadas se han entregado 400.000 con peso fino de gramos 4.500.569,700 y un valor de pesos oro 200.000 moneda uruguaya.

Esta acuñación de moneda de plata responde al cumplimiento de un contrato, cuyos antecedentes se relatan en seguida.

En Noviembre de 1915 el Exmo. Señor Ministro plenipotenciario y E. E. de la República Oriental del Uruguay Dr. Daniel Muñoz, solicitó de esta Dirección las condiciones en que tomaría a su cargo la fabricación de moneda de plata para la República mencionada, de acuerdo con una ley entonces en estudio y que mas adelante fuera promulgada con fecha 3 de Enero de 1916.

Después de someter el asunto en consulta al Exmo. Señor Ministro de Hacienda, esta Dirección formuló las condiciones pedidas, con fecha 3 de Noviembre de 1915; pero más tarde fueron modificadas con fecha 16 de Marzo de 1916, como resultado de una conferencia celebrada por el subscripto con el Presidente entonces del Banco de la República del Uruguay, Don Joaquín C. Márquez. El Directorio de dicho Banco había sido autorizado por la citada ley para contratar en la forma más conveniente la acuñación de las nuevas especies y reacuñación de la moneda de plata desgastada de los años 1877, 1893 y 1895, hasta la suma de cinco millones de pesos, consistiendo la nueva moneda de plata en piezas de un peso y de cincuenta centésimos, de veinticinco y doce y medio gramos respectivamente, con título de novecientos milésimos de fino, con una tolerancia en más o en menos de tres milésimos para el título y de cinco milésimos para el peso y con un diámetro de treinta y siete milímetros para las primeras y de treinta milímetros para las segundas.

El Banco de la República del Uruguay, después de estudiar varias ofertas de casas de fabricación de moneda, entre otras las de París, Birmingham, Berlín, Santiago de Chile, Nueva York y Río de Janeiro, resolvió confiar el trabajo a esta Casa de Moneda, aceptando con fecha 27 de Marzo las condiciones propuestas y solicitando la remisión de un proyecto de contrato, el cual, una vez preparado y estudiado a conciencia por ambas instituciones, fué aceptado definitivamente el 19 de mayo y previa autorización concedida por decreto del P. E. fecha 29 de Mayo, quedó reducido a escritura pública el día 20 de Junio de 1916.

La Casa de Moneda se obliga, por el contrato de referencia, a acuñar dos millones de piezas de un peso y seis millones de piezas de cincuenta centésimos, de acuerdo con las condiciones y características que prescribe la ley de 3 de Enero. El Banco de la República suministrará a la Casa de Moneda los materiales de plata necesarios y el cobre para el aleaje, siendo de cuenta del Banco los gastos de transporte, derechos de Aduana, etc. Entregará en la Casa de Moneda, la plata circulante en el Uruguay, que deba ser reacuñada, en cajas cerradas, selladas, marcadas y numeradas. Se pesará el contenido de cada caja en presencia del representante del Banco que efectúe la entrega y el Tesorero de la Casa de Moneda le dará un recibo en duplicado, con expresión de la integridad de los sellos, del número de cajas y del peso del contenido individual de cada una. No se reconocerá el peso y título exacto de las monedas usadas sinó después de fundidas y ensayadas.

Las verificaciones de la fabricación son análogas a las que prescribe la ley monetaria argentina núm. 1130. La merma correspondiente a la fabricación no excederá del uno por mil; pero la que resulte de la reacuñación de la moneda usada podrá ser mayor.

El plazo de la acuñación de los cinco millones de pesos es de un año y medio a contar desde el recibo de la primera partida de plata y siempre que las provisiones de metal no sean inferiores a trescientos kilógramos por día, necesarios para mantener la actividad calculada en los talleres. Las entregas de especies amonedadas se harán con formalidades análogas a las que prescribe el reglamento de la Casa de Moneda para la moneda nacional.

El importe total del contrato asciende a $ 226.752 moneda nacional, o sea lo que representa el costo de fabricación.

Las monedas debían sellarse de acuerdo con el modelo de cuños que entregase el Banco de la República y al efecto se celebró un contrato en Montevideo que dio por resultado la aprobación del modelo ideado por el Sr. Bernabé Michelena. El grabado se hizo en Buenos Aires, consiguiéndose remitir las primeras muestras de la moneda acuñada el día 31 de Julio. Pero habiendo sido designado el día 2 de Junio anterior el Doctor Claudio Williman Presidente del Banco de la República del Uruguay, encontró que los cuños antes aprobados presentaban defectos de composición y de dibujo que era necesario corregir, opinión que era compartida por el Directorio, por las autoridades superiores del Gobierno Uruguayo y por otras personas entendidas en la materia. Se decidió entonces la ejecución de un nuevo modelo y al efecto, fué comisionado el Prosecretario del Directorio de dicho Banco, Don Raúl Montero Bustamante para que, de acuerdo con esta Dirección, conviniera la ejecución en esta Capital de un modelo definitivo, utilizando los antecedentes históricos y numismáticos recogidos por el mismo comisionado y dentro de las instrucciones recibidas al efecto. La mayor dificultad residía en la falta de documentos auténticos acerca de la persona de Artigas y la carencia de una resolución oficial relativa al escudo, estableciendo fijamente los símbolos y emblemas que lo constituyen.

La demora en la ejecución de los nuevos modelos y de los cuños correspondientes, fué, pues, la causa principal del atraso con que se enviaron las muestras definitivas de las monedas de 50 centésimos, expedidas recién el 26 de Noviembre, cuya aprobación se recibió el 18 del mismo mes.

En el poco tiempo que faltaba para terminar el año se emprendió la acuñación con todos los elementos disponibles, llegándose a sellar 464.147 piezas de 50 centésimos, de las cuales fueron embarcadas 400.000 para Montevideo antes del 31 de Diciembre.

Más tarde se han suscitado otras demoras, ocasionadas por nuevas modificaciones en los cuños, indicadas por el Banco de la República Oriental del Uruguay, por la falta de cumplimiento en la casa grabadora para entregar los cuños de un peso, y porque en verdad, no hay en el país un grabador destacado que se llame Chaplain, Roty o Daniel Dupuis, a quien pueda confiarse un cuño de moneda, sin que sea necesario corregirle su trabajo detalle por detalle y someterlo a pruebas sucesivas y retoques consiguientes hasta que pueda ser aceptado en definitiva.

Recién en el corriente mes de Abril puede decirse que la acuñación ha entrado en su período normal.

Los demás trabajos de fundición, laminación, corte, reconocimiento y blanqueo se han procedido con regularidad, aunque sin apuro, de suerte que, se cuenta con un número de discos preparados bastante importante, como para no parar el trabajo de las prensas de acuñar durante dos meses consecutivos.

Desde el año 1896 no se habían fabricado en el país monedas de oro o plata, sellándose solamente las piezas de níquel de 5, 10 y 20 centavos, pero con metal que venía de Austria cortado en discos y completamente preparado para entrar en las prensas de acuñar; mientras que la nueva fabricación contratada con el Banco de la República del Uruguay, comprende todas las faces de la labor monetaria, desde la liga y fundición del metal hasta el estampado de las piezas.

Los talleres de fundición y laminación han recobrado, pues, su primitiva actividad, para lo cual ha sido preciso instalar un motor eléctrico de 10 HP, reparar y componer algunas de las máquinas, adquirir nuevas correas de transmisión y hacer otros arreglos accesorios que naturalmente han exigido gastos; pero que se traducen en ventaja para las mismas máquinas, puestas de nuevo en aptitud de un perfecto funcionamiento y por lo tanto, en condiciones de poderse utilizar en cualquiera circunstancia. Otra de las ventajas conseguidas, radica en la enseñanza y formación del nuevo personal con conocimientos prácticos en los trabajos de fundición v laminación, como los mejores operarios que hicieron nuestra moneda después de 1881, los cuales se habían ido perdiendo poco a poco para el establecimiento, separándose unos y jubilándose otros, al extremo de haber tocado con dificultades para conseguir jefes de taller competentes que dirigiesen los nuevos trabajos.

Aparte del interés que despiertan las tareas de esta naturaleza por su índole especial y de las ventajas materiales que reportan al establecimiento, en el presente caso esta Dirección está doblemente empeñada en llevarlas a feliz término, por tratarse de moneda destinada a un país extranjero, cuyo gobierno ha hecho verdadero acto de confianza, al encomendarle un trabajo de tanta importancia.

Con respecto al régimen interno seguido para la ejecución, debo consignar también algunos antecedentes.

Cuando en Mayo de 1916 tuve la presunción de recibir el encargo del Banco de la República del Uruguay, expuse al entonces Ministro de Hacienda, Dr. Francisco J. Oliver, en primer lugar, las ventajas y conveniencias del asunto y luego las dificultades que se presentarían para conseguir los materiales requeridos si no se concedía a esta Dirección completa autonomía en el manejo de los fondos que entregara el Banco de la República, expresándole que en caso contrario, no podría aceptar el trabajo. El Exmo. Señor Ministro manifestó su conformidad con los puntos de vista formulados, de manera que, una vez celebrado el contrato, se elevó la siguiente nota:

“Buenos Aires, Junio 23 de 1916. - A S. E. el Señor Ministro de Hacienda, Dr. Don Francisco J. Oliver.- Tengo el agrado de llevar a conocimiento de V. E. que en la fecha ha sido firmado el contrato para la acuñación de cinco millones de pesos en monedas de plata para la República Oriental del Uruguay, de acuerdo con la autorización dada por Decreto del 29 de Mayo ppdo. El articulo 18º del referido contrato establece que el Banco de la República del Uruguay depositará en el Banco de la Nación Argentina, en cuenta corriente a la orden del Director de la Casa de Moneda, la suma de veinte mil pesos moneda nacional de curso legal, pudiendo la Dirección de la Casa de Moneda girar sobre esa suma para cubrir los gastos a que se refiere el Artículo 4º (grabado de los cuños) y como anticipo de los que menciona el Artículo 14 (costo de la acuñación). Una vez deducido el costo de los cuños, el saldo de los veinte mil pesos será devuelto al Banco de la República, cuando haya abonado a la Casa de Moneda sesenta mil pesos por concepto de gastos de fabricación, de acuerdo con el Articulo 14. - Las razones que esta Dirección ha tenido para pedir ese anticipo de fondos son varias. Ante todo, el Presupuesto actual no provee de fondos a la Casa de Moneda para realizar los gastos previos que demanda el nuevo trabajo, como son grabado de cuños, adquisición de aceros, crisoles, carbón de hulla, coke, petróleo, leña, ácidos, lubrificantes, etc., ni tampoco para los sueldos y jornales del personal extraordinario que se deba tomar, de modo que esos sueldos y gastos quedarían impagos hasta la primera entrega de moneda acuñada, si no se hubiera previsto el caso en el contrato. Por otra parte, dadas las dificultades actuales para adquirir la mayor parte de los materiales enumerados, era indispensable contar con fondos para hacer las adquisiciones al contado, no solo para prevenir la suba de precios, sino también para poder obtener los mismos materiales, pues se sabe que la mayor parte de las casas imponen como condición indispensable el pago al contado y hasta por adelantado, como lo hace la Comisión Administradora del Petróleo Nacional. Si no se hubiera conseguido el referido anticipo de dinero, esta Dirección se hubiera visto en dificultades para realizar la acuñación contratada o mejor dicho, habría tenido que rehusarla. Ahora bien: las circunstancias extraordinarias en que se hará el trabajo y las dificultades que se preven, me ponen en el caso de dirigirme V. E. solicitando quiera facilitar la tarea de que se trata por los medios que V. E. tiene a su alcance, siendo uno de ellos el autorizar a esta Dirección para que los fondos anticipados por el Banco de la República del Uruguay y los que sucesivamente entregue, sirvan para pagar directamente en la Casa de Moneda los materiales y sueldos del personal extraordinario que se tome para el mismo trabajo. A fin de cumplir con las exigencias de la ley de contabilidad, se pasarán mensualmente a la Contaduría General de la Nación las rendiciones de cuenta de las compras efectuadas, con los respectivos comprobantes, y las planillas mensuales detalladas del personal que se ocupe, debiendo ingresar a Tesorería General el beneficio líquido que resulte una vez terminada la acuñación. Debo manifestar a V. E. que una resolución en tal sentido, sería concordante con la que se acaba de dictar por Acuerdo de Ministros de fecha 18 de Mayo ultimo para el Arsenal de Guerra, con la diferencia de que la autorización conferida a este último establecimiento es de carácter permanente, mientras que la solicitada por la Casa de Moneda, sería precaria y limitada únicamente a los fondos que perciba como costo de la acuñación de moneda de plata para el Uruguay”.

Dicha nota fué pasada a informe de la Contaduría General, la que se manifestó conforme con lo solicitado, dictándose en consecuencia la resolución que sigue:

“Buenos Aires, Julio 6 de 1916. - Vista la precedente nota de la Casa de Moneda en la cual al comunicar que ha sido firmado el contrato para la acuñación de $ 5.000.000 en monedas de plata para la República Oriental del Uruguay, de acuerdo con la autorización dada por este Ministerio por decreto de 29 de Mayo ppdo., solicita autorización para que los fondos anticipados por el Banco de la República del Uruguay y los que sucesivamente entregue sirvan para pagar directamente en esa Repartición los materiales y sueldos del personal extraordinario que se tome para el mismo trabajo;

CONSIDERANDO: que para la realización del nuevo trabajo, de que se ha hecho cargo la Casa de Moneda se requiere disponer de fondos de que actualmente carece la referida Repartición; que la autorización que se solicita salvaría la dificultad apuntada, facilitando la adquisición al contado de los materiales necesarios y haría posible el pago sin demoras de los sueldos y jornales del personal extraordinario empleado en este trabajo; por estas consideraciones y de conformidad con lo informado por la Contaduría General;

SE RESUELVE: Autorízase a la Casa de Moneda para que con los fondos anticipados por el Banco de la República del Uruguay y los que sucesivamente entregue pueda pagar directamente los materiales y sueldos del personal extraordinario que se tome para el mismo trabajo. - A los efectos de cumplir con la Ley de Contabilidad, la Casa de Moneda pasará mensualmente a la Contaduría General de la Nación las rendiciones de cuentas de las compras efectuadas, con sus respectivos comprobantes, y las planillas mensuales detalladas del personal que se ocupe, debiendo ingresar a Tesorería General el beneficio líquido que resulte una vez terminada la acuñación. - Comuníquese a la Casa de Moneda y pase a Contaduría General a sus efectos, - (Firmado) - Oliver.”

En lo relativo al personal, la designación se hizo de acuerdo con las ideas que contiene la nota que se transcribe a continuación:

“Buenos Aires, Junio 22 de 1916. - A S. E. el Señor Ministro de Hacienda, Dr. Don Francisco J. Oliver. - Tengo el honor de dirigirme a V. E. de acuerdo con lo que dispone el Art. 2º del Decreto fecha 17 de Noviembre de 1881, a fin de que se sirva autorizar el nombramiento de los operarios que se mencionan en las planillas adjuntas, necesarios para dar principio a la acuñación de moneda de plata contratada en la fecha con la República Oriental del Uruguay. Dicho trabajo reviste el carácter de extraordinario o transitorio, pues su duración debe estar limitada a un año y medio, de acuerdo con el contrato respectivo. A fin de realizarlo con la mayor economía, se ha pensado tomar la mayor parte de los operarios necesarios, de los actuales, eligiendo los más aptos y de buena conducta, de modo que sus sueldos pasan ahora a imputarse a los fondos que entregue el Banco de la República Oriental del Uruguay, y no se reemplazan sino en parte, porque las necesidades de los trabajos en curso de ejecución no lo demandan, de manera que el ítem 3º, Inciso 8º del Presupuesto vigente resulta aliviado en la suma de $ 800 mensuales. Los nombramientos serían con retención de sus puestos actuales. El personal que ahora se propone para la acuñación de plata no es completo, pero basta para los primeros tiempos, teniéndose la idea de completarlo más adelante, cuando las tareas adquieran todo su desarrollo.-"

La planilla respectiva comprendía 31 operarios con un gasto diario de 112,40 pesos moneda nacional, que hasta la fecha se ha mantenido constante, con pequeñas fluctuaciones. No se ha cargado gasto alguno por el mayor trabajo que corresponde al personal, directivo, de contabilidad y de control.

Hasta el 31 de Diciembre de 1916, los pagos y adelantos del Banco de la República del Uruguay ascendieron a $ 26.098,28 y los pagos efectuados por cuenta de la acuñación de moneda de plata sumaron $ 24.225,29 como se consigna en el balance que figura al final de este capítulo. Sin embargo, los gastos realizados para el mismo trabajo fueron mayores, lo que significa que algunas cuentas quedaron impagas al finalizar el año, aunque más adelante fueron abonadas.

 

Balance al 31 de Diciembre de 1916, de los fondos para la acuñación
de la moneda de plata para la República Oriental del Uruguay.

1916
 
DEBE
HABER
Junio
23
Anticipo (artículo 18 del contrato). $
20.000,00
 
Julio
18
Pagado jornales por Junio.  
$
614,00
Agosto
3
Pagado jornales por Julio.  
"
2.143,80
"
4
Pagado gastos.  
"
4.326,98
"
25
Pagado gastos.  
"
773,73
Septiembre
5
Pagado jornales por Agosto.  
"
2.515,40
"
28
Pagado gastos.  
"
2.372,08
Octubre
5
Pagado jornales por Septiembre.  
"
2.533,00
"
26
Pagado gastos.  
"
817,46
Noviembre
3
Pagado jornales por Octubre.  
"
2.528,55
Diciembre
19
Recibido por trabajos. "
6.098,28
 
"
19
Pagado jornales por Noviembre.  
"
2.535,40
"
27
Pagado gastos.  
"
2.814,89
"
28
Pagado gastos.  
"
250,00
 
  $
26.098,28
$
24.225,29
"
31
Saldo.  
"
1.872,99
 
  $
26.098,28
$
26.098,28

 

ACUÑACION DE MEDALLAS
 
NUMERO DE
PIEZAS
 
PESO BRUTO
EN GRAMOS
Medallas de oro  
55
1.075
Medallas de plata  
5
75
Total
 
60
1.147

 

FUNDICION DE METALES
 
NUMERO DE
OPERACIONES
 
PESO BRUTO
EN GRAMOS
Fundiciones de oro  
54
52.565
Fundiciones de plata  
20
137.837
Fundiciones de oro y plata  
1
10.945
Fundiciones de metal  
2
28.999
Total
 
77
230.346

 

TRABAJOS AUXILIARES DE LA ACUÑACION
 
NUMERO
DE PIEZAS
Reproducción de cuños para moneda de níquel
203
Reproducción de matrices para moneda de níquel
1
Reproducción de punzones para moneda de níquel
3
Reproducción de cuños de 50 centésimos
moneda uruguaya
74
Reproducción de matrices de 50 centésimos,
moneda uruguaya
9
Reproducción de punzones de 50 centésimos,
moneda uruguaya
8
Reproducción de cuños de 1 peso moneda uruguaya
2
Reproducción de matrices de 1 peso
moneda uruguaya
2
Reproducción de punzones de 1 peso
moneda uruguaya
2
Anillos de 50 centésimos, moneda uruguaya
7
Anillos de 1 peso, moneda uruguaya
2
Torneado de anillos de 50 centésimos y de 1 peso
9
Torneado de matrices de 50 centésimos y de 1 peso
11
Torneado de punzones de 50 centésimos y de 1 peso
10
Torneado de cuños de 50 centésimos y de 1 peso
76
Torneado de matrices para monedas de níquel
1
Torneado de punzones para monedas de níquel
3
Torneado de cuños para monedas de níquel
203
Templaduras de anillos de 50 centésimos y de 1 peso
9
Templaduras de matrices de 50 centésimos y de 1 peso
11
Templaduras de punzones de 50 centésimos
y de 1 peso
10
Templaduras de cuños de 50 centésimos y de 1 peso
76
Templaduras de matrices para monedas de níquel
1
Templaduras de punzones para monedas de níquel
3
Templaduras de cuños para monedas de níquel
203
Total
939

 

METAL DE PLATA "MONEDA URUGUAYA"
   
N.º DE
PIEZAS
 
PESO EN
GRAMOS
Fundido    
66.256.093
Laminado    
56.848.164
Blanqueo y recocimiento de discos
de 50 cents.
  1.056.513
13.219.051
Blanqueo y recocimiento de discos
de 1 peso
  329.467
8.241.680
Total
  1.385.980
144.564.988

 

Para los trabajos de acuñación de medallas, se han recibido:

  PESO BRUTO
EN GRAMOS
PESO FINO
EN GRAMOS
Metales de oro 1.129,400 1.016,460

 

GALVANOPLASTIA Y FOTOGRABADO
 
NUMERO
DE PIEZAS
Reproducción de clisés en cobre, fotograbados
2
Reproducción de clisés en zinc
212
Reproducción de sellos y clisés
8.903
Reproducción de clisés para impresión de
estampillas e impresos postales
1.101
Reproducción de planchas estereotipadas
108
Reproducción de planchas en cobre
35
Total
10.361

 

Modelos de los cuños grabados para la Moneda de plata Uruguaya

 

ENSAYES

Los trabajos que tiene a su cargo la Oficina Química han disminuido durante estos dos últimos años, a causa de la paralización del movimiento aduanero y portuario, hasta ser completamente nulos los análisis para la Aduana de la Capital, durante el año 1916.

Los ensayes de metales para particulares y los informes técnicos para algunas reparticiones nacionales, se mantienen en las mismas proporciones de los últimos años.

Pero las tareas de la Oficina Química están íntimamente ligadas a los trabajos de fundición de metales para monedas, y en ese sentido, los nuevos trabajos monetarios para el Banco de la República Oriental del Uruguay le han procurado a diario ocupación suficiente, hasta alcanzar el número de 1.859 ensayes durante los seis últimos meses.

El contrato firmado entre esta Dirección y el Banco, para la acuñación de la moneda de plata, fija en los artículos noveno y undécimo las funciones de esta Oficina, relativas a los ensayes que deben practicarse después de cada fundición de metales y al concluir la amonedación de cada partida, antes de ser entregada.

Por concepto de ensayes de metales para los particulares se ha recaudado en papel sellado, la suma de 471,50 pesos moneda nacional.

El laboratorio químico ha practicado las siguientes operaciones:

A - Ensayes de Metales
Ensayes por oro 64  
Ensayes por oro y plata 1  
Ensayes por plata 35  
Ensayes por estaño 15  
Ensayes por antimonio 5  
Ensayes por plomo 8  
Ensayes por hierro 4  
Ensayes por mercurio 1  
Ensayes por cobre 1  
Ensayes por níquel 1 135
Análisis completo   1
B - Análisis para las monedas de la República Oriental del Uruguay
Ensayes de plata 1.847  
Ensayes de cobre 12 1.859
C - Informes para la Policía de la Capital
Informes sobre monedas falsas.   5
D - Informes para los Juzgados de Instrucción
Informes químicos legales.   8
E - Varios
Para la Administración General de Impuestos Internos, informes sobre estampillas 3  
Para el Museo Nacional, análisis sobre aleaciones de objetos prehistóricos. 15  
Análisis de sulfato de cobre 2 20
Total
  2.028

 

 
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