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PROYECTO DE LEY

 
 

Poder Ejecutivo.

Montevideo, Junio 17 de 1854.

No obstante que V. H. ya ha determinado los puntos que deben ser materia de preferente atención, durante la prórroga de las sesiones, el Poder Ejecutivo tiene el honor de someter a la sanción del Cuerpo Legislativo el adjunto proyecto para la acuñación de cincuenta mil pesos moneda de cobre a fin de proporcionar un arbitrio que facilite los cambios en tanto se verifica la introducción de monedas extranjeras en el territorio de la República. Dios guarde a V. E. muchos años.

VENANCIO FLORES.
MATEO MAGARIÑOS.

A la H. Asamblea General.

PROYECTO DE LEY

El Senado y la Cámara de Representantes,

Artículo 1.° Se autoriza al Poder Ejecutivo para mandar acuñar monedas de cobre hasta la suma de cincuenta mil patacones.

Art. 2.° Dichas monedas serán de 40 y 20 décimos, del mismo cuño y peso de las que están en circulación.

MAGARIÑOS.

 
 
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