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IDEAS SENCILLAS SOBRE LA MONEDA

Imprenta de la Caridad - Montevideo, Abril de 1829
 

LA MONEDA en su sentido abstracto es la palabra que exprime la unidad de que se sirven para entenderse los que venden, y los que compran. Es el uso de la moneda que hace la diferencia del contrato de venta al contrato de cambio; es lo que constituye el precio. Vulgarmente se llama moneda de cuenta. Algunas veces otras palabras exprimen múltiplos ó partes alíquotas de la unidad principal, y también se llaman moneda.

Puede existir la moneda de cuenta sin que exista ninguna pieza metálica, que la represente; no hay ni libras Catalanas, ni libras esterlinas, ni florines de banco efectivos. Pero es más cómodo, y es el uso general que se fragüen pedazos de metal, cuyo peso y ley estén certificados por el cuño, y que representen la moneda usual; es lo que se llama moneda real ó efectiva.

Una vez adoptado un metal, como la plata en España y Francia, o el oro cómo en Inglaterra y Portugal, pueden cortarse los pedazos en diferentes tamaños de la misma ley, y difiriendo solo por el peso. Pero dos metales á la vez no pueden servir de moneda, porque su relación no puede ser fija é inmutable; pero quando la diferencia de valor es tan poca, que no la aprecian sino los cambistas, hacen oficio de moneda. Lo mismo sirve la calderilla para los picos, y es la necesidad de su uso que sostiene su valor. También son moneda las notas de los bancos, que se pagan á la vista, y pueden llamarse signos Monetarios.

Quando particulares hacen piezas imitando la moneda efectiva, y de menor ó ninguna ley, son monederos falsos, y los ahorcan cuando los agarran, a no ser que tengan mucha protección, ó mucho dinero. Quando los Gobiernos hacen la misma operación, son monederos falsos, pero calla la justicia. Todo papel empleado como signo monetario, que no se paga á la vista, es moneda falsa; pero raras veces se ahorca á los que lo circulan, al paso que se persigue á los que lo contrahacen.

Regularmente no se llama moneda falsa á la que corre con autoridad pública, aunque, lo sea. Se llama moneda ficticia, imaginaría, quimérica; pero solo por cortesía.

Todas las operaciones de bajar, de alterar la moneda, circular papeles forzados, &c. no son otra cosa que sacar el dinero del bolsillo de los acreedores, para pasarlo al de los deudores; y siendo el Gobierno el mayor deudor, es el que se aprovecha más de esta industria, que en gente baja se califica de otro modo. Pero si no resultasen inconvenientes en las relaciones particulares, podrían considerarse esas operaciones como una contribución forzada á favor del Estado, que no tendría otro inconveniente sino el de ser injusta, vexatoria y desigual; pero que es de cobranza muy fácil.

Las peores de las monedas quiméricas son las de papel, porque carecen de fixeza, que es la primera condición de qualquier signo de cambio.

La moneda de cuenta del Estado Montevideano es el peso, y su ochavo el real. Existe esparramada en todo el mundo una moneda efectiva, que antes era la sola en este Estado, y que se llama Peso en toda la América que fué Española; peso fuerte ó duro en España; Piastre en Francia; Dollar en Inglaterra y Nort-América, y Patacón en el Brasil. Es por cierto lo mejor, que vuelva á ser la moneda legal; pero hay algunas dificultades que superar.

No se cuenta como tal la falta de minas de plata, que hace imposible acuñar moneda con productos de la tierra. Quando el Estado hacía parte del Virreinato, no faltaba plata acuñada. Pues, las casas de moneda no están más lejos que estaban, y los modos de adquirirla son siempre los mismos, á saber: vendiendo su propiedad, su industria, ó los frutos de ellos, robando, ó pidiendo limosna.

El inconveniente no es en la moneda que falta, es en las que sobran. Existen en bastante cantidad 1.° pesos de papel del Banco de Buenos Aires, cuyo valor varía diariamente, y siempre es muy pequeño con relación al valor nominal: 2.° pesos de plata acuñados en el Brasil, lo que mudó su nombre, y no su Valor efectivo. Estos se cuentan en la Colonia y Montevideo por un peso un real y seis décimos de real, ó mas en breve cinco pesos, quando se llaman patacones, toman el nombre de seis pesos: 3.° La moneda de cobre del Brasil, que ha dexado de ser signo monetario, pues la diferencia con el patacón es bastante, para que se haga caso de ella en los usos ordinarios. Se ha de limpiar la circulación de la primera y de la última de esas dos monedas, conservando la segunda, pero restituyéndole su nombre propio.

El papel se ha de desechar, porque es muy probable que ha de acabar como todos los otros papeles de la misma clase, que ó han, sido reducidos á la nada, que es su valor intrínseco, por una despreciación gradual, ó han ido á rematar en fondos públicos desacreditados por forma de empréstito mas ó menos forzado: y es del deber del Gobierno del Estado el impedir que pierdan sus haberes los Ciudadanos, ó que sean obligados á invertirlos en empréstitos extrangeros.

El papel se ha de desechar, porque no es ni puede ser moneda, por las variaciones que tiene su valor; porque con una moneda variable no puede haber buena fé en los contratos; sin buena fé no hay Comercio; y la prosperidad del Estado ha de estrivar sobre él.

El papel se ha de desechar, porque siendo moneda legal constituiría una parte de bastante importancia de los haberes de los Ciudadanos, especialmente de los comerciantes y capitalistas, cuya riqueza dependería del valor de aquella moneda; es decir del mayor ó menor crédito del Banco: pero este crédito depende no solo de la administración del Banco, sino de todas las providencias del Gobierno de Buenos. Aires. De modo, que sería indispensable que el Gobierno Montevideano, siendo obligado á vigilar sobre la fortuna pública y particular, tubiese lugar, no solo de contribuir á arreglar las operaciones del Banco, la emisión del papel, y su saca de la circulación, medios para pagarlos &c., sino que pudiese prohibir al Gobierno Porteño todo acto de administración que le pareciese nocivo al crédito del Banco: á no ser así, constituiría á sus Ciudadanos en el más peligroso vasallage. No faltan las relaciones voluntarias entre el Estado y Buenos Aires, y serían muy sobradas las que se añadirían por fuerza.

Se ha de desechar el papel, porque si en los baybenes del agiotage hay alguna circunstancia favorable á los tenedores, no hay igualdad entre los que moran en Buenos Aires que pueden sacar partido de todo, y los que moran en el Hervidero ó en el Cerro Largo, que no serán instruidos de esos movimientos rápidos, sino quando ya no les podrán aprovechar. Todo juego desigual es juego de fulleros.

El cobre participa del inconveniente muy grande de ser moneda extrangera, sin ser como el verdadero peso, moneda universal, y por consiguiente no conviene á un Estado independiente. También tiene sus variaciones, aunque más circunscriptas, y, menos súbitas que las del papel, porque no es cómodo para los agiotistas; pero se puede hacer un pronóstico menos ominoso sobre el fin y remate que ha de tener, porque la experiencia universal, acredita que nunca se ha quitado de golpe á la calderilla todo su valor, y que los Gobiernos acostumbran sacarla poco á poco de la circulación. Entretanto, para compensar estas ventajas, es de un uso muy incómodo; y puesto que no sea muy grande su peso, si se atiende á su valor nominal, con todo es bastante, para hacer perder mucho tiempo en contarlo; y con él no se pueden hacer, sino al fiado, las compras que se resuelven á vista y de repente; lo que es bastante nocivo al comercio de tienda.

El Gobierno, en restablecer la antigua y verdadera moneda, y desechar las de papel v cobre, usaría de un derecho incuestionable; pues si es permitido á los Gobiernos acreditar moneda ficticia é imaginaria, esto es, engañar á los Pueblos, con más razón pueden desacreditarla, esto es, decirles la verdad. Además tornaría una medida muy útil; pero no basta hacer lo que es bueno, es preciso no hacerlo mal; y de un golpe dado de repente sucederían dos males, uno el descontento general, otro una interrupción momentánea, pero total en los negocios. El Estado Montevideano es muy joven todavía para usar en esta enfermedad remedios tan violentos; y para curar el mal sin matar al enfermo, es preciso administrar la medicina por pequeñas dosis, y con circunspección.

Creo, pues, que se podría determinar lo siguiente para lo que se hubiese de pagar á plazos (porque en lo que se paga de contado, no tiene que intervenir la ley) y que estaría estipulado en pesos, sin designación de moneda, porque no se puede prohibir á nadie el tratar en qualquier moneda, que sea, aunque sean las conchillas que llaman Cauris en las islas Maldivias. El pago legal constaría en el mes de Abril de una quinta parte en plata sellada, excluyendo, la macuquina.

En el mes de Junio, dos quintas partes. En el mes de Agosto, tres quintas partes. En el mes de Octubre, quatro quintas partes. En el mes de Diciembre, nueve décimas partes. Entonces se decidiría si en el año de 30 se podría pagar todo, ó si convendría dejar algún tiempo más este desaguadero. También se decidiría si es útil al Estado acuñar cobre ó vellón, para los picos, ó contramarcar alguna parte del cobre del Brasil.

Se recibirían por un peso todas las monedas que se sabe son acuñadas en Europa y América, del peso, y de la ley del peso fuerte Castellano, de veinte reales de vellón, ú ocho reales de plata.

En quanto á la otra parte de la paga, se admitiría en el mes de Abril el cobre á razón de cincuenta vintenes por un peso, y el papel á tres pesos y medio por uno. La plata macuquina á ocho reales y quartillo, y las onzas de oro á diez y seis pesos, quedando á la disposición del Gobierno mudar esas fixaciones cada dos meses, según las variaciones de la plaza.

En esta forma se cobrarían las contribuciones, rebajando en proporción los derechos que están en valor fijo, y se pagarían los sueldos de los empleados, arreglándolos de nuevo si fuese demasiado el perjuicio que resultase para el Erario.

Me preguntarán tal vez, que se hará del papel y cobre existentes, y que sobrarán quando la plata vuelva á tomar su lugar?. ¡Responderé en quanto al cobre, que volverá muy ligero á su tierra, en trueque de géneros Brasileros, indispensables para los usos y vicios de los Ciudadanos del Estado. Pocas Zumacas será menester enviar á Parnagoá ó á Santos, para desembarazarse de toda la calderilla sobrante. En quanto á los papelitos, es un poco mas difícil, el devolverlos á la madre que los parió. Ningún fruto de Buenos Aires es del consumo del Estado; de los productos de la industria hay algún xabon, corambre curtido, coxinillos, xergas y otros tegidos; algunos sombreros finos, caronas, &c.; pero la mayor parte de estos géneros, vienen de las Provincias de arriba, adonde se pueden ir á buscar en derechura, y cuyos habitantes tubieron el poco juicio de no admitir el papel, motivo por el qual los diaristas de Buenos Aires los tratan de Vándalos é ignorantes, que no conocen lo que es bueno; pero por su comercio privativo, que algunos llaman monopolio, Buenos Aires sabe atraher las onzas de Chile, y las piñas de plata de Bolivia; pues esos serán los géneros que se comprarán con papel, y aunque no sean de consumo, como son de despacho fácil, no se agraviarán los compradores.

No hablé sino de la paga de los contratos que se celebraren después de la ley; es necesario tratar de los anteriores; pero es cosa; muy fácil de arreglar atendiendo á la justicia.

Toda estipulación anterior al mes de....... (en que se empezó á usar la moneda brasilera) será pagada á peso por peso.

Toda estipulación entre el día señalado arriba y la admisión del papel, será pagada á peso por nueve reales y seis décimos.

Toda estipulación hecha fuera de Montevideo y la Colonia en el tiempo del papel, será pagable en papel, porque estaba ya entonces bastante desacreditado, para que se pudiese prever su baja, y por consiguiente los contratos hechos en este tiempo han de ser considerados como aleatorios, y han de contentarse compradores y vendedores con la suerte que les cupo.

Por fin, las estipulaciones hechas en Montevideo y la Colonia desde un año ó catorce meses hasta ahora, serían pagadas en cobre á diez piezas de quatro vintenes por peso.

Está entendido, que qualquier contrato en que estaría estipulada la moneda en que se ha de pagar, surtiría su efecto; porque la Ley no sirve sino adonde faltan los convenios.

Todo eso es fácil, porque es justo. No es menester enumerar por menudo las ventajas que resultarían para todo el pueblo del restablecimiento de la moneda primitiva y verdadera del Estado: los principales son tan óbvios que no hay nadie á quien sea menester demostrarlos; pero hay uno de mucha importancia que merece quizá una mención especial. Montevideo estando muy inmediato á Buenos Aires, y habiendo de tener muchas relaciones comerciales con el Brasil, si se halla con moneda efectiva y constante entre estos dos Estados, que tienen papel moneda, y por fuerza no pueden tan pronto desembarazarse de él, será preferido como plaza de cambio por los negociantes Europeos que escogerán para hacer sus pagamentos, y cobrar sus alcances, un Mercado, en que sus cálculos no puedan ser desconcertados por el juego del agiotage. Quedaría Montevideo el centro de un inmenso giro, lo que es muy importante para el Comercio; y como un grande giro de dinero lo atrae á la circulación, y facilita toda clase de negocios; por lo mismo que se tendrá reducido el Estado á la moneda efectiva, vendrá á abundar en él la moneda efectiva, y esto, es interesante para todos.

Aquí se acabaría mi tarea si algunos escritores, ó interesados en el caso como los diaristas de Buenos Aires, ó movidos por afectos que consiento que sean patrióticos y respetables, pero cuyos resultados serían de muy perniciosas consecuencias, no hubiesen llegado hasta poner en cuestión lo que, como dixe, me parece incuestionable, el derecho del gobierno de estatuir sobre este particular conforme lo piden la justicia, y los intereses del Estado.

Son dos los motivos que alegan. El primero, que Buenos Aires ha hecho la guerra con el dinero del Banco, que la resulta de la guerra ha sido la independencia; que por consiguiente la independencia fué comprada con los Billetes del Banco, y que quien goza de la hacienda ha de pagar el precio que costó.

El segundo es que el papel de Buenos Aires fue admitido por la Sala de Representantes de Canelones, y que habiendo sido tomado por los particulares baxo esa garantía, no se puede ahora desacreditar.

Voy á responder á cada una de sus objeciones.

La primera envuelve dos cosas que es necesario separar. Si el principio fuese cierto, y la comparación exacta es evidente que no hacen nada al caso los billetes del Banco.Que los gastos de la guerra hayan sido pagos en papel ó en onzas de oro, con los réditos ordinarios, ó en empréstitos forzados, porque el papel moneda no es otra cosa, poco importa. Lo que se ha de ventilar, pues, es si el Estado Montevideano tiene que pagar ó no los gastos de la guerra, claro está que en su integridad, porque no hay un real de gastos por el qual el derecho sea mayor ó menor; por consiguiente, si se debe un real se debe todo. No se trata ya de las notas existentes en la provincia, sino de una cantidad ilimitada.

1.° Esta pretensión toda entera está incluida en lo que dicen los diaristas Porteños. Pero es tan estrafalaria que no se han atrevido á presentarla en su sencillez, y la complicaron para deslumbrar. Pero de esto mismo resulta que si no se debe todo, no se debe nada. Examinemos, pues, para facilitar al Gobierno Porteño ese arreglo de cuentas, de que sus multiplicadas atenciones no le permitieron ocuparse hasta ahora.

La comparación es muy falsa, y es falsísimo el principio que el que goza de una cosa sea, ipso facto, adeudado en todo el precio que costó. Quando la finca que tengo no ha sido comprada por mí, no tengo que pagar mas que su valor, y tengo que pagarlo, sea que haya sido comprada cara; sea que haya sido comprada barata. El quantum de los gastos de la guerra provino de su duración; esa duración no es obra de los Montevideanos, cuya mayor parte era neutral, mientras los otros ayudaban á los Argentinos. La guerra podía costar al Erario Porteño diez veces mas, como diez veces menos: no se puede, por consiguiente, admitir cuentas á este respecto; entonces no se puede deber todo; de qué resulta, como dixe,. que, no se debe nada.

2.° Pero prescindiendo de estas consideraciones viles y bajas, que quieren poner á precio de dinero una cosa tan sagrada como la independencia de un Pueblo, y que manifiestan bastante el ánimo codicioso, y los afectos mercantiles de los que las presentan, voy á buscar si por el derecho de gentes tiene lugar alguna pretensión de esta naturaleza. Los gastos de la guerra han de ser pagados por el agresor injusto; ó por el invadidos, si suscitó la agresión por satisfacciones debidas que reusó. Aquí no hay tal cosa, ni siquiera cosa análoga. También se deben los gastos de la guerra á un Estado débil, obligado por un vecino fuerte á tomar las armas contra su voluntad, y propio interés. Tampoco esto es aplicable. Los Orientales que principiaron la guerra; en esta última Campaña no tenían fuerzas capaces de obligar á la República Argentina. Lo que hicieron fué dar á los Porteños una ocasión que creyeron favorable á sus proyectos; pero éstos, ó á lo menos su Gobierno, se aprovechó de ella voluntaria y espontáneamente, Si hubiese alguna refundada sería la de las Provincias de arriba contra la Capital, ó de ésta contra los Gefes que gobernaban, y abrieron la sima adonde se hundió el crédito publico; pero si todo lo consintieron, si todo lo alabaron, ninguno pida, nada á nadie, porque Volenti non fit injuria. Adviértase que todo esto se dice en la suposición que no hay verdad fuera de los autos diplomáticos, y que la participación de los Porteños á la guerra no tiene fecha anterior á la declaración, porque si fuese cierto que fué con auxilios porteños, y con secreta anuencia del Gobierno, que los Orientales principiaron la Campaña, entonces sería Buenos Aires quien debería pagar los gastos.

3.° Pero sin atender á la rigidez de las máximas legales se puede examinar, si por un casi contrato, no adeuda alguna cosa el Estado Montevideano; y esto podría ser, ó porque tendría obligación como aliado en concurrir en proporción á los gastos de la guerra, ó por un mero agradecimiento, como debiendo al Gobierno Porteño su libertad. Para que fuese deudor el Estado, en el primer caso, sería preciso examinar sino ha pagado mas y mucho mas de lo que le hubiera competido por una repartición proporcional entre todas las Provincias de la Union; y no es menester mucha averiguación para juzgar á bulto, que lejos de ser alcanzado en esta cuenta, el Estado quedaría acreedor á sumas inmensas, aunque no fuese mas que por la misma introducción del papel, y el menor valor en que ha cabido cada nota, desde la fecha de su introducción hasta hoy. En cuanto al premio como señal de agradecimiento, hay exemplos. Los Estados Unidos, declarados independientes regalaron un navío de 74 á la Francia, que los había eficazmente auxiliado con gente, armas, y moneda metálica. La población de Nort-América no era entonces sino cien tantos como la de este Estado; de forma, que por la proporción, podría convenirle, regalar á Buenos Aires un lanchón de catorce toneladas. En efecto, si Buenos Aires guerreó para recabar la independencia Montevideana sin interés directo, sino por ventajas indirectas que esperaba de ella, como la Francia en la revolución de América, se decidió á tomar partido, y auxiliar la insurrección, porque esperaba que los resultados de la Independencia le serían bastante útiles para indemnizarse de los sacrificios que se necesitaban; en esté caso, Señores Porteños, ya se obtuvo el fin que ustedes procuraban; ustedes han de quedar satisfechos; no se les debe nada; están pagos en la misma moneda, que querían, pues recabaron quanto deseaban. Si ustedes confiesan que no querían tal Independencia; que lo que deseaban, lo que procuraban, por lo que hacían tantos sacrificios de papel suyo, y de vidas agenas, era la integridad de su territorio, era para reunir la Provincia, vuelta á serlo á su confederación Argentina, para sujetarla baxo el sistema unitario, ó para dirigir todos sus negocios de guerra y marina, de diplomacia, y por consiguiente de comercio, en el sistema federal; entonces es evidente que no les debe nada el Estado, ni una canoa; pues no hay agradecimiento debido al que procuró una cosa, ó contribuyó á.ella sin quererlo, y contra su intención.

4.º En la realidad, tantas voluntades varias, diversas, encontradas, vecinas, lejanas, contribuyeron á la independencia, que á nadie se ha de pagar, porque á nadie especialmente se debe. Y si alguno de los principales contratantes; tenía derecho, con preferencia sería el Emperador del Brasil, no solo como dixeron en el Semanario, por haber libertado á Montevideo y la Colonia de los Porteños, sino porque según se dijo en los papeles mas acreditados, fue él, cuya política generosa y liberal, determinó la independencia, prefiriéndola á la propuesta hecha varias veces por la Potencia mediadora de ceder la Provincia á la República Argentina, mediante una compensacion en dinero para los gastos de la guerra de Artigas, en prenda de la qual hubiera quedado en su poder Montevideo hasta fin del pagamento. Allí, sí que se encuentra una de las condiciones del casicontrato, el lucro cesante.

5.º Ademas, no hay deuda adonde no hay deudor. El Estado Montevideano asi como existe, es un individuo recien nacido en la grande sociedad política; no tiene antecedentes, no tiene obligación ninguna mas de las que resultán de la Convención Preliminar de Paz, que en quanto á él es definitiva. Lo que precedió á su existencia no tiene mas conexión con él que lo que ha de suceder después de su fin. No hay obligación que no resulte de convención, y para estipular es preciso existir. Si la Provincia Oriental fué deudora de la Unión, vayan á buscarla allá en los recuerdos históricos, porque ya no tiene otro ser.

6.° Tampoco hay deuda donde no hay acreedor. Es una práctica diplomática constante, que quando en cesiones de territorios, hubiese alguna deuda que haya de quedar á cargo de las Provincias que mudan de dominio, se estipula el pago clara y explícitamente, sea por suma determinada, sea por cantidades á liquidar. Es una cláusula precisa de los tratados. Pues tal cláusula no existe en la Convención Preliminar de Paz; no queda cargado el Estado de pagar ni un real, ni un vinten á qualquiera de los Contratantes, ni siquiera una reserva de una ú otra parte para asuntos á arreglar. Con todo, ya estaban hechos los gastos de la guerra, ya bastante desacreditado el papel: la ocasión era muy buena para asegurar los derechos de los Porteños; pues no hablaron de ellos, es evidente, ó que no existían ó que fueron libremente abandonados y esa inducción es tanto mas fuerte que la recíproca no es cierta. Aunque se hubieran estipulado créditos á cargo del Estado, corno él no estaba representado, hubiera podido reclamar por haberse decidido la pretensión sin tener contradictores: ¡con quanta mayor razón pues, milita, á su favor el silencio de los que tenían tanta facilidad para asegurar su deuda, si la hubiera!. 7.º Y aunque todas esas idéas, que me parecen bastante claras, fuesen subterfugios, nada tenía que ver el Banco, ni el Gobierno actual de Buenos Aires en esto. El acreedor, si lo hubiera, sería el Gobierno de la República de las Provincias Unidas del Rio de la Plata, que fué el que declaró la guerra, qué la hizo, y que ratificó la paz, salvo en arreglar sus cuentas con el Banco. Pero, dicen los Señores Directores ¿es esta guerra que nos ha quitado el crédito?. ¿por qué emitieron ustedes, Señores, mas papel que el que podían pagar?. ¿Fué por patriotismo, para ayudar al Gobierno?. Si para acreditar su patriotismo hubieran dexado empleos en que no podían seguir con honor; si hubieran tomado las armas y marchado al Yaguaron; si hubieran siquiera dado dinero de sus fondos propios, enhorabuena sería muy acrisolado; pero no se debe ninguna consideración al patriotismo de un mandatario infiel y traidor á sus obligaciones, que hace el generoso con dinero ageno, y tiene cuidado que resulten buenos intereses para él.

La otra objeción sacada de la garantía concedida por la Provincia, no estriva sobre mejores fundamentos. Para comenzar por el principio no hubo tal garantía. Solo hubiera podido darla la Honorable Sala de Representantes, y éstos no hubieran empeñado la Provincia en la garantía de un papel sobre la emision é inversión del qual no tenían influencia ninguna. Si tomaran emprestado una cantidad determinada de notas, que las contramarcaran con sello y firmas particulares, ésta clase de papel tendría su valor y garantía especial, y se podría examinar lo que resultaría de ella. Pero repito, que no hubo tal cosa. No hubo ninguna Ley de la Sala: no fué en contemplación de su. crédito que los Orientales tomaron á moneda imaginaria como equivalente de la plata; fué, no mas, porque dos Decretos del Gobierno delegado los obligaroná ello, bajo disposiciones penales, que tenía ó no tenía derecho de establecer. En el caso que las pérdidas que ocasionó esta medida causasen algun derecho a una indemnizacion, que no hubiesen de ponerse en la cuenta inmensa que nunca se suma, de los males que acarrea la guerra, es claro que arreglar esa indemnización sería un negocio casero á que tendrían derecho no los poseedores actuales de los villetes, sino los que acreditasen que se les pagaron asi al principio sus deudas antiguas, sus haciendas, &c. Toda medida que ahora recayese en benefició de todos, sería una injusticia, porque los que recibieron el papel por su valor actual, y aun los estrangeros, lucrarían á costa de los que verdaderamente perdieron.

Admitiendo la moneda de Buenos Aires, el Gobierno delegado no hizo sino lo que se practica siempre quando entran en un pais tropas extrangeras, aliadas ó enemigas. Se dá curso legal á la moneda de los huéspedes para precaver dificultades y quitar la necesidad dé acudir á cada paso á los cambistas. Pero regularmente se establece el cambió conforme al valor real de las monedas respectivas. En el tiempo de la guerra de España, los Napoleones de plata no valían sino diez y ocho reales y seis quartos, y nunca Napoleón quiso acreditarlos por un peso, dado qué la diferencia no fuese sino de un siete por ciento. Hubiera sido mejor que hiciera asi el Gobierno, aunque diera un suplemento á los que cobraban en papel: á lo menos no habría entrado mas moneda imaginaria que la que traía el exército, y ésta no pasó de 500,000 pesos, y el Comercio de Buenos Aires no se hubiera aprovechado de esa Ley para realizar sus riquezas ficticias. No se hizo asi; y estoy persuadido que los Miembros del Gobierno sienten no haber tomado algun arbitrio análogo: pero aun hay otra consideración que los disculpa. Puesto que hago de ellos muy alto concepto para creer que deseasen de veras ser una Provincia Argentina, prefirían aquella agregación á otra. Creían que eso solo había de ser el resultado de esos primeros esfuerzos. Obraban como autoridad Provincial de una Provincia Argentina; había un Gobierno Nacional que requería la admision del papel, y lo mandó imperativamente dos meses después en Diciembre de 1816; el Banco era Banco Nacional; se esperaba que las otras Provincias admitirían voluntariamente la moneda de lino podrido, ó quando mas que se les haría venir por fuerza la gana de recibirlo con agrado, luego que se aceptara la Constitución unitaria. Por dicha, nada de esto se verificó: con todo, entonces había algunas probabilidades; de modo que no se puede tachar al Gobierno sino de un poco de precipitación. El mismo sintió la dificultad de su situación, pues en la proclama que se publicó a este respecto no dio los motivos de su resolución, alegando que no eran al alcance del pueblo. Especie en que hay mas exactitud, que cortesía en la expresión.

Ahora, si esos motivos. callados fueron bastantes para autorizar al Gobierno sostituto á mandar que se admitiese el papel por un valor que no tenía, manifiesto está que cesando esos motivos, ó habiendo otros tan poderosos, bastan para autorizar á la Asamblea Legislativa y Constituyente á dar á ese mismo papel el valor que tiene, porque no puede ser favorecida la mentira mas que la verdad. Pues no existe ya la principal disculpa de la admisión del papel, (la presencia de las tropas extrangeras Porteñas) hay motivos muy poderosos para mudar de conducta, y estos motivos pueden publicarse, porque son al alcance de todos; que no hay peón tan maturrango que no entienda al que le dixese que un peso vale mas que dos reales y medio; y que, gracias á Dios, los Montevideanos no han llegado á ese grado de civilización en que sea ridículo decir que la plata es blanca, lo que es una verdad de Pedro Grullo.

Todas las leyes pueden ser derogadas por un poder igual al que las hizo, y aquí hay poder superior; y los que han seguido los negocios de la Provincia, no dexarán de acordarse que poco después de la disolución de la Sala, se trató en el Redactor oficioso, la cuestión de saber si no convendría modificar la Ley sobre el papel moneda.

En mandando que no se reciba el papel, sino en parte de pagamento, y por su valor, no se emita nada á nadie, sino á algún fullero, que tenga todavía deudas antiguas, la esperanza de robar setenta por ciento á sus acreedores. No se desmonetiza el papel, pues, por dicha, no es del Estado; no se prohibe al Banco de Buenos Aires pagarle en plata ó en oro, si le conviene: á todos queda permitido servirse de él en sus negocios, avisando á la otra parte; comprarlo y venderlo como sucede en Montevideo, adonde sin ser moneda legal, tiene mas crédito que en ninguna otra parte, y es el objeto de infinitas transaciones. No se trata de obligar á los poseedores á dar su papel al Estado en trueque de otro todavía mas ruin; cada uno puede guardar sus notas y sus páguese, y si quisiese, hacerlos poner en rico marco, bajo de vidrio, para ornamento, de su sala, y escarmiento de sus hijos.

¿Quales son, pues, las pretensiones de los papelistas? Ya casi todo el mal que podía hacer el papel en pago de deudas antiguas está hecho. Por mas que se conservara moneda legal, no daría ventaja ninguna á los tenedores, porque los que venden no solo aumentarán sus precios, con relación al de las onzas, sino con alguna cosa mas para asegurarse contra una baja. En ningun caso el papel de Buenos Aires ha de ser pagado en el Estado de Montevideo: tarde ó temprano, de un modo ó de otro, ha de volver adonde salió; no es pues, de ninguna utilidad detenerlo. No se arguya de la necesidad de tener signos representativos para el comercio: nunca faltaron en ningún país, ó si hiciesen falta, las mismas notas de Buenos Aires continuarían á circular, sin necesidad, y aun á pesar de la autoridad legal. La adopción de la medida que propongo no sería quitar el valor al papel, como tampoco al cobre, pues este valor no depende del Estado: sería no mas que decir á los Ciudadanos; deseámos que se pierda el uso de esas pretendidas monedas, porque el Estado ha sido declarado independiente, y ha de serlo de veras: porque el uso de una moneda, cuyo valor es variable, es un juego, y que los contratos aleatorios á que por su caracter está dispuesta de más esta población, son contrarios á la moral y al buen gobierno, quando son voluntarios, y contrarios á la justicia y á la buena fé quando son forzados. Teníamos huéspedes, de quien para agasajarlos mejor fué preciso recibir esa moneda, que no puede con el viento, y esa otra que un moreno no puede con ella; ahora que se fueron, enhorabuena á su 'tierra, adonde Dios los mantenga, han de seguirlos sus monedas, que tal vez allá les hagan falta.

Ninguno, ni de los que mas han hablado de garantía, ha dicho que el Estado Montevideano debiese el valor integral del papel que se halla en el Estado. Sería pretensión exórbitante, pues ya quando se admitió, perdía casi la mitad. Pues si el Estado no ha garantido todo, es evidente que no ha garantido nada; pues es matemáticamente imposible fijar el punto en que empieza, y en que ha de fenecer esa quimérica garantía.

Creo completamente inadmisible el proyecto de establecer un Banco en Montevideo, por la poca extensión de la Ciudad, y poca población del Estado: no es indispensable y entonces es peligroso. Los Bancos no pueden existir sino en las Ciudades grandes, y también en los grandes Estados, á no ser que la Ciudad misma sea el Estado como Hamburgo.

Pero puesto que un Banco Montevideano no fuese una buena cosa, aun sería preferible á la circulación forzada de un papel extrangero, porque los beneficios quedarían en casa; porque si, lo que no creo, el Gobierno abusase de su poder, esa violación redundaría en beneficio del Estado, y sobre todo por la facilidad de verificar los villetes falsos. Es este último motivo qué ha hecho multiplicar los Bancos en Inglaterra, adonde hubiera bastado el de Londres. Porque es reconocido allá, adonde entienden bastante el Comercio, que no puede tener circulacion un papel, sino adonde se puede verificar á cada instante.

Mas lo peor sería todavía que se acreditase aquí como establecimiento público, una casa sucursal del Banco de Buenos Aires: siendo mas que una casa particular de correspondencia que puede tener el Banco de Buenos Aires, como otro qualquier negociante, aunque haya quebrado. El infalible resultado de su admisión, sería de hacer bajar la plaza de Comercio de Montevideo, que se tiene conservada como una de las mas acreditadas entre los mercados Americanos, al nivel de la plaza de Buenos Aires, que está en la última categoría en el crédito Europeo, y adonde no conservan alguna consideracion comercial; sino las casas que están unidas con las de otro país, especialmente de esta Ciudad. La medida, tal vez conveniente entonces, de admitir el papel de Buenos Aires, no fué pues, como qualquiera otra providencia en materia de Legislación económica, sino una disposición transitoria, resultado de las circunstancias; y que otras circunstancias pueden alterar, modificar, ó anular del todo. Pero aunque fuese por su naturaleza esa disposición tan fixa como era mudable, aunque se supusiese que el poder executivo podía empeñar el poder Legislativo, lo que es contrario á los principios de toda Constitución libre, aunque se concediese por fin, que el silencio de la Sala, á la vista de esas providencias del Gobierno, valía por una aprobación expresa esa acta, por la mudanza de las circunstancias, no dexaría de ser caduca y susceptible de reforma.

La Sala no era completa quando se lanzaron aquellos decretos. Le faltaban los Representantes de la parte de la Nación la mas interesada en los negocios de Comercio y moneda, los que hubieran sido mas capaces de discutir la cuestión; de modo, que suponiendo que existiese una ley, y que el individuo político fuese el mismo, en asunto de tamaña entidad es de derecho, que siendo removidos los obstáculos que se opusieron á la integridad de la Representación, se someta á una nueva deliberación el asunto. Aunque la Sala hubiera deliberado, no podía estipular sino por los que la habían nombrado, y aun en esa hypótesis, el papel no se debería admitir en las Ciudades cuyos Diputados no tomaron parte en la deliberación. De modo, que habría de permanecer esta doble Legislación, que trae bastantes inconvenientes: pero es innecesario de alegar estas razones, porque como dixe, el Estado actual no es la continuación de la Provincia Oriental al que se hubieran agregado dos Ciudades mas, sino un Cuerpo político nuevo, formado de la unión de dos partes de territorio, que las potencias que estaban en posesión de ellas, abandonaron respectivamente, junto con las pretensiones que cada una de ellas tenía á la que poseía la otra.

Tales son Montevideanos, las ideas que me sugirió vuestra situación monetaria. Son muy sencillas, porque no soy un sabio ni un economista para hacerlas profundas é intrincadas: pero me parecen exactas. Lo que puedo aseguraros es, que si la ciencia y el talento me faltaron, no me faltó buena fé, y que en todo caso no podéis sospecharme de algún interés, porque no tengo absolutamente ninguno en esta cuestión, sino el que tomo en la prosperidad de esta Ciudad, que tiene todos los elementos para llegar al mayor auge, y cuyas bien fundadas esperanzas sería lástima fuesen frustradas por imprudentes medidas administrativas, y también el que tomo á favor de la justicia, para que con pretensiones absurdas de una parte, y de otra ideas quixotescas, no se empobrezca al mas débil, para enriquecer al más rico.

EL PLATISTA.

 
 
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