LA
MONEDA en su sentido abstracto es la palabra que exprime la unidad
de que se sirven para entenderse los que venden, y los que compran.
Es el uso de la moneda que hace la diferencia del contrato de
venta al contrato de cambio; es lo que constituye el precio. Vulgarmente
se llama moneda de cuenta. Algunas veces otras palabras exprimen
múltiplos ó partes alíquotas de la unidad
principal, y también se llaman moneda.
Puede
existir la moneda de cuenta sin que exista ninguna pieza metálica,
que la represente; no hay ni libras Catalanas, ni libras esterlinas,
ni florines de banco efectivos. Pero es más cómodo,
y es el uso general que se fragüen pedazos de metal, cuyo
peso y ley estén certificados por el cuño, y que
representen la moneda usual; es lo que se llama moneda real ó
efectiva.
Una
vez adoptado un metal, como la plata en España y Francia,
o el oro cómo en Inglaterra y Portugal, pueden cortarse
los pedazos en diferentes tamaños de la misma ley, y difiriendo
solo por el peso. Pero dos metales á la vez no pueden servir
de moneda, porque su relación no puede ser fija é
inmutable; pero quando la diferencia de valor es tan poca, que
no la aprecian sino los cambistas, hacen oficio de moneda. Lo
mismo sirve la calderilla para los picos, y es la necesidad de
su uso que sostiene su valor. También son moneda las notas
de los bancos, que se pagan á la vista, y pueden llamarse
signos Monetarios.
Quando
particulares hacen piezas imitando la moneda efectiva, y de menor
ó ninguna ley, son monederos falsos, y los ahorcan cuando
los agarran, a no ser que tengan mucha protección, ó
mucho dinero. Quando los Gobiernos hacen la misma operación,
son monederos falsos, pero calla la justicia. Todo papel empleado
como signo monetario, que no se paga á la vista, es moneda
falsa; pero raras veces se ahorca á los que lo circulan,
al paso que se persigue á los que lo contrahacen.
Regularmente
no se llama moneda falsa á la que corre con autoridad pública,
aunque, lo sea. Se llama moneda ficticia, imaginaría, quimérica;
pero solo por cortesía.
Todas
las operaciones de bajar, de alterar la moneda, circular papeles
forzados, &c. no son otra cosa que sacar el dinero del bolsillo
de los acreedores, para pasarlo al de los deudores; y siendo el
Gobierno el mayor deudor, es el que se aprovecha más de
esta industria, que en gente baja se califica de otro modo. Pero
si no resultasen inconvenientes en las relaciones particulares,
podrían considerarse esas operaciones como una contribución
forzada á favor del Estado, que no tendría otro
inconveniente sino el de ser injusta, vexatoria y desigual; pero
que es de cobranza muy fácil.
Las
peores de las monedas quiméricas son las de papel, porque
carecen de fixeza, que es la primera condición de qualquier
signo de cambio.
La
moneda de cuenta del Estado Montevideano es el peso, y su ochavo
el real. Existe esparramada en todo el mundo una moneda efectiva,
que antes era la sola en este Estado, y que se llama Peso en toda
la América que fué Española; peso fuerte
ó duro en España; Piastre en Francia; Dollar en
Inglaterra y Nort-América, y Patacón en el Brasil.
Es por cierto lo mejor, que vuelva á ser la moneda legal;
pero hay algunas dificultades que superar.
No
se cuenta como tal la falta de minas de plata, que hace imposible
acuñar moneda con productos de la tierra. Quando el Estado
hacía parte del Virreinato, no faltaba plata acuñada.
Pues, las casas de moneda no están más lejos que
estaban, y los modos de adquirirla son siempre los mismos, á
saber: vendiendo su propiedad, su industria, ó los frutos
de ellos, robando, ó pidiendo limosna.
El
inconveniente no es en la moneda que falta, es en las que sobran.
Existen en bastante cantidad 1.° pesos de papel del Banco
de Buenos Aires, cuyo valor varía diariamente, y siempre
es muy pequeño con relación al valor nominal: 2.°
pesos de plata acuñados en el Brasil, lo que mudó
su nombre, y no su Valor efectivo. Estos se cuentan en la Colonia
y Montevideo por un peso un real y seis décimos de real,
ó mas en breve cinco pesos, quando se llaman patacones,
toman el nombre de seis pesos: 3.° La moneda de cobre del
Brasil, que ha dexado de ser signo monetario, pues la diferencia
con el patacón es bastante, para que se haga caso de ella
en los usos ordinarios. Se ha de limpiar la circulación
de la primera y de la última de esas dos monedas, conservando
la segunda, pero restituyéndole su nombre propio.
El
papel se ha de desechar, porque es muy probable que ha de acabar
como todos los otros papeles de la misma clase, que ó han,
sido reducidos á la nada, que es su valor intrínseco,
por una despreciación gradual, ó han ido á
rematar en fondos públicos desacreditados por forma de
empréstito mas ó menos forzado: y es del deber del
Gobierno del Estado el impedir que pierdan sus haberes los Ciudadanos,
ó que sean obligados á invertirlos en empréstitos
extrangeros.
El
papel se ha de desechar, porque no es ni puede ser moneda, por
las variaciones que tiene su valor; porque con una moneda variable
no puede haber buena fé en los contratos; sin buena fé
no hay Comercio; y la prosperidad del Estado ha de estrivar sobre
él.
El
papel se ha de desechar, porque siendo moneda legal constituiría
una parte de bastante importancia de los haberes de los Ciudadanos,
especialmente de los comerciantes y capitalistas, cuya riqueza
dependería del valor de aquella moneda; es decir del mayor
ó menor crédito del Banco: pero este crédito
depende no solo de la administración del Banco, sino de
todas las providencias del Gobierno de Buenos. Aires. De modo,
que sería indispensable que el Gobierno Montevideano, siendo
obligado á vigilar sobre la fortuna pública y particular,
tubiese lugar, no solo de contribuir á arreglar las operaciones
del Banco, la emisión del papel, y su saca de la circulación,
medios para pagarlos &c., sino que pudiese prohibir al Gobierno
Porteño todo acto de administración que le pareciese
nocivo al crédito del Banco: á no ser así,
constituiría á sus Ciudadanos en el más peligroso
vasallage. No faltan las relaciones voluntarias entre el Estado
y Buenos Aires, y serían muy sobradas las que se añadirían
por fuerza.
Se
ha de desechar el papel, porque si en los baybenes del agiotage
hay alguna circunstancia favorable á los tenedores, no
hay igualdad entre los que moran en Buenos Aires que pueden sacar
partido de todo, y los que moran en el Hervidero ó en el
Cerro Largo, que no serán instruidos de esos movimientos
rápidos, sino quando ya no les podrán aprovechar.
Todo juego desigual es juego de fulleros.
El
cobre participa del inconveniente muy grande de ser moneda extrangera,
sin ser como el verdadero peso, moneda universal, y por consiguiente
no conviene á un Estado independiente. También tiene
sus variaciones, aunque más circunscriptas, y, menos súbitas
que las del papel, porque no es cómodo para los agiotistas;
pero se puede hacer un pronóstico menos ominoso sobre el
fin y remate que ha de tener, porque la experiencia universal,
acredita que nunca se ha quitado de golpe á la calderilla
todo su valor, y que los Gobiernos acostumbran sacarla poco á
poco de la circulación. Entretanto, para compensar estas
ventajas, es de un uso muy incómodo; y puesto que no sea
muy grande su peso, si se atiende á su valor nominal, con
todo es bastante, para hacer perder mucho tiempo en contarlo;
y con él no se pueden hacer, sino al fiado, las compras
que se resuelven á vista y de repente; lo que es bastante
nocivo al comercio de tienda.
El
Gobierno, en restablecer la antigua y verdadera moneda, y desechar
las de papel v cobre, usaría de un derecho incuestionable;
pues si es permitido á los Gobiernos acreditar moneda ficticia
é imaginaria, esto es, engañar á los Pueblos,
con más razón pueden desacreditarla, esto es, decirles
la verdad. Además tornaría una medida muy útil;
pero no basta hacer lo que es bueno, es preciso no hacerlo mal;
y de un golpe dado de repente sucederían dos males, uno
el descontento general, otro una interrupción momentánea,
pero total en los negocios. El Estado Montevideano es muy joven
todavía para usar en esta enfermedad remedios tan violentos;
y para curar el mal sin matar al enfermo, es preciso administrar
la medicina por pequeñas dosis, y con circunspección.
Creo,
pues, que se podría determinar lo siguiente para lo que
se hubiese de pagar á plazos (porque en lo que se paga
de contado, no tiene que intervenir la ley) y que estaría
estipulado en pesos, sin designación de moneda, porque
no se puede prohibir á nadie el tratar en qualquier moneda,
que sea, aunque sean las conchillas que llaman Cauris en las islas
Maldivias. El pago legal constaría en el mes de Abril de
una quinta parte en plata sellada, excluyendo, la macuquina.
En
el mes de Junio, dos quintas partes. En el mes de Agosto, tres
quintas partes. En el mes de Octubre, quatro quintas partes. En
el mes de Diciembre, nueve décimas partes. Entonces se
decidiría si en el año de 30 se podría pagar
todo, ó si convendría dejar algún tiempo
más este desaguadero. También se decidiría
si es útil al Estado acuñar cobre ó vellón,
para los picos, ó contramarcar alguna parte del cobre del
Brasil.
Se
recibirían por un peso todas las monedas que se sabe son
acuñadas en Europa y América, del peso, y de la
ley del peso fuerte Castellano, de veinte reales de vellón,
ú ocho reales de plata.
En
quanto á la otra parte de la paga, se admitiría
en el mes de Abril el cobre á razón de cincuenta
vintenes por un peso, y el papel á tres pesos y medio por
uno. La plata macuquina á ocho reales y quartillo, y las
onzas de oro á diez y seis pesos, quedando á la
disposición del Gobierno mudar esas fixaciones cada dos
meses, según las variaciones de la plaza.
En
esta forma se cobrarían las contribuciones, rebajando en
proporción los derechos que están en valor fijo,
y se pagarían los sueldos de los empleados, arreglándolos
de nuevo si fuese demasiado el perjuicio que resultase para el
Erario.
Me
preguntarán tal vez, que se hará del papel y cobre
existentes, y que sobrarán quando la plata vuelva á
tomar su lugar?. ¡Responderé en quanto al cobre,
que volverá muy ligero á su tierra, en trueque de
géneros Brasileros, indispensables para los usos y vicios
de los Ciudadanos del Estado. Pocas Zumacas será menester
enviar á Parnagoá ó á Santos, para
desembarazarse de toda la calderilla sobrante. En quanto á
los papelitos, es un poco mas difícil, el devolverlos á
la madre que los parió. Ningún fruto de Buenos Aires
es del consumo del Estado; de los productos de la industria hay
algún xabon, corambre curtido, coxinillos, xergas y otros
tegidos; algunos sombreros finos, caronas, &c.; pero la mayor
parte de estos géneros, vienen de las Provincias de arriba,
adonde se pueden ir á buscar en derechura, y cuyos habitantes
tubieron el poco juicio de no admitir el papel, motivo por el
qual los diaristas de Buenos Aires los tratan de Vándalos
é ignorantes, que no conocen lo que es bueno; pero por
su comercio privativo, que algunos llaman monopolio, Buenos Aires
sabe atraher las onzas de Chile, y las piñas de plata de
Bolivia; pues esos serán los géneros que se comprarán
con papel, y aunque no sean de consumo, como son de despacho fácil,
no se agraviarán los compradores.
No
hablé sino de la paga de los contratos que se celebraren
después de la ley; es necesario tratar de los anteriores;
pero es cosa; muy fácil de arreglar atendiendo á
la justicia.
Toda
estipulación anterior al mes de....... (en que se empezó
á usar la moneda brasilera) será pagada á
peso por peso.
Toda
estipulación entre el día señalado arriba
y la admisión del papel, será pagada á peso
por nueve reales y seis décimos.
Toda
estipulación hecha fuera de Montevideo y la Colonia en
el tiempo del papel, será pagable en papel, porque estaba
ya entonces bastante desacreditado, para que se pudiese prever
su baja, y por consiguiente los contratos hechos en este tiempo
han de ser considerados como aleatorios, y han de contentarse
compradores y vendedores con la suerte que les cupo.
Por
fin, las estipulaciones hechas en Montevideo y la Colonia desde
un año ó catorce meses hasta ahora, serían
pagadas en cobre á diez piezas de quatro vintenes por peso.
Está
entendido, que qualquier contrato en que estaría estipulada
la moneda en que se ha de pagar, surtiría su efecto; porque
la Ley no sirve sino adonde faltan los convenios.
Todo
eso es fácil, porque es justo. No es menester enumerar
por menudo las ventajas que resultarían para todo el pueblo
del restablecimiento de la moneda primitiva y verdadera del Estado:
los principales son tan óbvios que no hay nadie á
quien sea menester demostrarlos; pero hay uno de mucha importancia
que merece quizá una mención especial. Montevideo
estando muy inmediato á Buenos Aires, y habiendo de tener
muchas relaciones comerciales con el Brasil, si se halla con moneda
efectiva y constante entre estos dos Estados, que tienen papel
moneda, y por fuerza no pueden tan pronto desembarazarse de él,
será preferido como plaza de cambio por los negociantes
Europeos que escogerán para hacer sus pagamentos, y cobrar
sus alcances, un Mercado, en que sus cálculos no puedan
ser desconcertados por el juego del agiotage. Quedaría
Montevideo el centro de un inmenso giro, lo que es muy importante
para el Comercio; y como un grande giro de dinero lo atrae á
la circulación, y facilita toda clase de negocios; por
lo mismo que se tendrá reducido el Estado á la moneda
efectiva, vendrá á abundar en él la moneda
efectiva, y esto, es interesante para todos.
Aquí
se acabaría mi tarea si algunos escritores, ó interesados
en el caso como los diaristas de Buenos Aires, ó movidos
por afectos que consiento que sean patrióticos y respetables,
pero cuyos resultados serían de muy perniciosas consecuencias,
no hubiesen llegado hasta poner en cuestión lo que, como
dixe, me parece incuestionable, el derecho del gobierno de estatuir
sobre este particular conforme lo piden la justicia, y los intereses
del Estado.
Son
dos los motivos que alegan. El primero, que Buenos Aires ha hecho
la guerra con el dinero del Banco, que la resulta de la guerra
ha sido la independencia; que por consiguiente la independencia
fué comprada con los Billetes del Banco, y que quien goza
de la hacienda ha de pagar el precio que costó.
El
segundo es que el papel de Buenos Aires fue admitido por la Sala
de Representantes de Canelones, y que habiendo sido tomado por
los particulares baxo esa garantía, no se puede ahora desacreditar.
Voy
á responder á cada una de sus objeciones.
La
primera envuelve dos cosas que es necesario separar. Si el principio
fuese cierto, y la comparación exacta es evidente que no
hacen nada al caso los billetes del Banco.Que los gastos de la
guerra hayan sido pagos en papel ó en onzas de oro, con
los réditos ordinarios, ó en empréstitos
forzados, porque el papel moneda no es otra cosa, poco importa.
Lo que se ha de ventilar, pues, es si el Estado Montevideano tiene
que pagar ó no los gastos de la guerra, claro está
que en su integridad, porque no hay un real de gastos por el qual
el derecho sea mayor ó menor; por consiguiente, si se debe
un real se debe todo. No se trata ya de las notas existentes en
la provincia, sino de una cantidad ilimitada.
1.°
Esta pretensión toda entera está incluida en lo
que dicen los diaristas Porteños. Pero es tan estrafalaria
que no se han atrevido á presentarla en su sencillez, y
la complicaron para deslumbrar. Pero de esto mismo resulta que
si no se debe todo, no se debe nada. Examinemos, pues, para facilitar
al Gobierno Porteño ese arreglo de cuentas, de que sus
multiplicadas atenciones no le permitieron ocuparse hasta ahora.
La
comparación es muy falsa, y es falsísimo el principio
que el que goza de una cosa sea, ipso facto, adeudado en todo
el precio que costó. Quando la finca que tengo no ha sido
comprada por mí, no tengo que pagar mas que su valor, y
tengo que pagarlo, sea que haya sido comprada cara; sea que haya
sido comprada barata. El quantum de los gastos de la guerra provino
de su duración; esa duración no es obra de los Montevideanos,
cuya mayor parte era neutral, mientras los otros ayudaban á
los Argentinos. La guerra podía costar al Erario Porteño
diez veces mas, como diez veces menos: no se puede, por consiguiente,
admitir cuentas á este respecto; entonces no se puede deber
todo; de qué resulta, como dixe,. que, no se debe nada.
2.°
Pero prescindiendo de estas consideraciones viles y bajas, que
quieren poner á precio de dinero una cosa tan sagrada como
la independencia de un Pueblo, y que manifiestan bastante el ánimo
codicioso, y los afectos mercantiles de los que las presentan,
voy á buscar si por el derecho de gentes tiene lugar alguna
pretensión de esta naturaleza. Los gastos de la guerra
han de ser pagados por el agresor injusto; ó por el invadidos,
si suscitó la agresión por satisfacciones debidas
que reusó. Aquí no hay tal cosa, ni siquiera cosa
análoga. También se deben los gastos de la guerra
á un Estado débil, obligado por un vecino fuerte
á tomar las armas contra su voluntad, y propio interés.
Tampoco esto es aplicable. Los Orientales que principiaron la
guerra; en esta última Campaña no tenían
fuerzas capaces de obligar á la República Argentina.
Lo que hicieron fué dar á los Porteños una
ocasión que creyeron favorable á sus proyectos;
pero éstos, ó á lo menos su Gobierno, se
aprovechó de ella voluntaria y espontáneamente,
Si hubiese alguna refundada sería la de las Provincias
de arriba contra la Capital, ó de ésta contra los
Gefes que gobernaban, y abrieron la sima adonde se hundió
el crédito publico; pero si todo lo consintieron, si todo
lo alabaron, ninguno pida, nada á nadie, porque Volenti
non fit injuria. Adviértase que todo esto se dice en la
suposición que no hay verdad fuera de los autos diplomáticos,
y que la participación de los Porteños á
la guerra no tiene fecha anterior á la declaración,
porque si fuese cierto que fué con auxilios porteños,
y con secreta anuencia del Gobierno, que los Orientales principiaron
la Campaña, entonces sería Buenos Aires quien debería
pagar los gastos.
3.° Pero sin atender á la rigidez de las máximas
legales se puede examinar, si por un casi contrato, no adeuda
alguna cosa el Estado Montevideano; y esto podría ser,
ó porque tendría obligación como aliado en
concurrir en proporción á los gastos de la guerra,
ó por un mero agradecimiento, como debiendo al Gobierno
Porteño su libertad. Para que fuese deudor el Estado, en
el primer caso, sería preciso examinar sino ha pagado mas
y mucho mas de lo que le hubiera competido por una repartición
proporcional entre todas las Provincias de la Union; y no es menester
mucha averiguación para juzgar á bulto, que lejos
de ser alcanzado en esta cuenta, el Estado quedaría acreedor
á sumas inmensas, aunque no fuese mas que por la misma
introducción del papel, y el menor valor en que ha cabido
cada nota, desde la fecha de su introducción hasta hoy.
En cuanto al premio como señal de agradecimiento, hay exemplos.
Los Estados Unidos, declarados independientes regalaron un navío
de 74 á la Francia, que los había eficazmente auxiliado
con gente, armas, y moneda metálica. La población
de Nort-América no era entonces sino cien tantos como la
de este Estado; de forma, que por la proporción, podría
convenirle, regalar á Buenos Aires un lanchón de
catorce toneladas. En efecto, si Buenos Aires guerreó para
recabar la independencia Montevideana sin interés directo,
sino por ventajas indirectas que esperaba de ella, como la Francia
en la revolución de América, se decidió á
tomar partido, y auxiliar la insurrección, porque esperaba
que los resultados de la Independencia le serían bastante
útiles para indemnizarse de los sacrificios que se necesitaban;
en esté caso, Señores Porteños, ya se obtuvo
el fin que ustedes procuraban; ustedes han de quedar satisfechos;
no se les debe nada; están pagos en la misma moneda, que
querían, pues recabaron quanto deseaban. Si ustedes confiesan
que no querían tal Independencia; que lo que deseaban,
lo que procuraban, por lo que hacían tantos sacrificios
de papel suyo, y de vidas agenas, era la integridad de su territorio,
era para reunir la Provincia, vuelta á serlo á su
confederación Argentina, para sujetarla baxo el sistema
unitario, ó para dirigir todos sus negocios de guerra y
marina, de diplomacia, y por consiguiente de comercio, en el sistema
federal; entonces es evidente que no les debe nada el Estado,
ni una canoa; pues no hay agradecimiento debido al que procuró
una cosa, ó contribuyó á.ella sin quererlo,
y contra su intención.
4.º En la realidad, tantas voluntades varias, diversas, encontradas,
vecinas, lejanas, contribuyeron á la independencia, que
á nadie se ha de pagar, porque á nadie especialmente
se debe. Y si alguno de los principales contratantes; tenía
derecho, con preferencia sería el Emperador del Brasil,
no solo como dixeron en el Semanario, por haber libertado á
Montevideo y la Colonia de los Porteños, sino porque según
se dijo en los papeles mas acreditados, fue él, cuya política
generosa y liberal, determinó la independencia, prefiriéndola
á la propuesta hecha varias veces por la Potencia mediadora
de ceder la Provincia á la República Argentina,
mediante una compensacion en dinero para los gastos de la guerra
de Artigas, en prenda de la qual hubiera quedado en su poder Montevideo
hasta fin del pagamento. Allí, sí que se encuentra
una de las condiciones del casicontrato, el lucro cesante.
5.º
Ademas, no hay deuda adonde no hay deudor. El Estado Montevideano
asi como existe, es un individuo recien nacido en la grande sociedad
política; no tiene antecedentes, no tiene obligación
ninguna mas de las que resultán de la Convención
Preliminar de Paz, que en quanto á él es definitiva.
Lo que precedió á su existencia no tiene mas conexión
con él que lo que ha de suceder después de su fin.
No hay obligación que no resulte de convención,
y para estipular es preciso existir. Si la Provincia Oriental
fué deudora de la Unión, vayan á buscarla
allá en los recuerdos históricos, porque ya no tiene
otro ser.
6.° Tampoco hay deuda donde no hay acreedor. Es una práctica
diplomática constante, que quando en cesiones de territorios,
hubiese alguna deuda que haya de quedar á cargo de las
Provincias que mudan de dominio, se estipula el pago clara y explícitamente,
sea por suma determinada, sea por cantidades á liquidar.
Es una cláusula precisa de los tratados. Pues tal cláusula
no existe en la Convención Preliminar de Paz; no queda
cargado el Estado de pagar ni un real, ni un vinten á qualquiera
de los Contratantes, ni siquiera una reserva de una ú otra
parte para asuntos á arreglar. Con todo, ya estaban hechos
los gastos de la guerra, ya bastante desacreditado el papel: la
ocasión era muy buena para asegurar los derechos de los
Porteños; pues no hablaron de ellos, es evidente, ó
que no existían ó que fueron libremente abandonados
y esa inducción es tanto mas fuerte que la recíproca
no es cierta. Aunque se hubieran estipulado créditos á
cargo del Estado, corno él no estaba representado, hubiera
podido reclamar por haberse decidido la pretensión sin
tener contradictores: ¡con quanta mayor razón pues,
milita, á su favor el silencio de los que tenían
tanta facilidad para asegurar su deuda, si la hubiera!. 7.º
Y aunque todas esas idéas, que me parecen bastante claras,
fuesen subterfugios, nada tenía que ver el Banco, ni el
Gobierno actual de Buenos Aires en esto. El acreedor, si lo hubiera,
sería el Gobierno de la República de las Provincias
Unidas del Rio de la Plata, que fué el que declaró
la guerra, qué la hizo, y que ratificó la paz, salvo
en arreglar sus cuentas con el Banco. Pero, dicen los Señores
Directores ¿es esta guerra que nos ha quitado el crédito?.
¿por qué emitieron ustedes, Señores, mas
papel que el que podían pagar?. ¿Fué por
patriotismo, para ayudar al Gobierno?. Si para acreditar su patriotismo
hubieran dexado empleos en que no podían seguir con honor;
si hubieran tomado las armas y marchado al Yaguaron; si hubieran
siquiera dado dinero de sus fondos propios, enhorabuena sería
muy acrisolado; pero no se debe ninguna consideración al
patriotismo de un mandatario infiel y traidor á sus obligaciones,
que hace el generoso con dinero ageno, y tiene cuidado que resulten
buenos intereses para él.
La otra objeción sacada de la garantía concedida
por la Provincia, no estriva sobre mejores fundamentos. Para comenzar
por el principio no hubo tal garantía. Solo hubiera podido
darla la Honorable Sala de Representantes, y éstos no hubieran
empeñado la Provincia en la garantía de un papel
sobre la emision é inversión del qual no tenían
influencia ninguna. Si tomaran emprestado una cantidad determinada
de notas, que las contramarcaran con sello y firmas particulares,
ésta clase de papel tendría su valor y garantía
especial, y se podría examinar lo que resultaría
de ella. Pero repito, que no hubo tal cosa. No hubo ninguna Ley
de la Sala: no fué en contemplación de su. crédito
que los Orientales tomaron á moneda imaginaria como equivalente
de la plata; fué, no mas, porque dos Decretos del Gobierno
delegado los obligaroná ello, bajo disposiciones penales,
que tenía ó no tenía derecho de establecer.
En el caso que las pérdidas que ocasionó esta medida
causasen algun derecho a una indemnizacion, que no hubiesen de
ponerse en la cuenta inmensa que nunca se suma, de los males que
acarrea la guerra, es claro que arreglar esa indemnización
sería un negocio casero á que tendrían derecho
no los poseedores actuales de los villetes, sino los que acreditasen
que se les pagaron asi al principio sus deudas antiguas, sus haciendas,
&c. Toda medida que ahora recayese en benefició de
todos, sería una injusticia, porque los que recibieron
el papel por su valor actual, y aun los estrangeros, lucrarían
á costa de los que verdaderamente perdieron.
Admitiendo la moneda de Buenos Aires, el Gobierno delegado no
hizo sino lo que se practica siempre quando entran en un pais
tropas extrangeras, aliadas ó enemigas. Se dá curso
legal á la moneda de los huéspedes para precaver
dificultades y quitar la necesidad dé acudir á cada
paso á los cambistas. Pero regularmente se establece el
cambió conforme al valor real de las monedas respectivas.
En el tiempo de la guerra de España, los Napoleones de
plata no valían sino diez y ocho reales y seis quartos,
y nunca Napoleón quiso acreditarlos por un peso, dado qué
la diferencia no fuese sino de un siete por ciento. Hubiera sido
mejor que hiciera asi el Gobierno, aunque diera un suplemento
á los que cobraban en papel: á lo menos no habría
entrado mas moneda imaginaria que la que traía el exército,
y ésta no pasó de 500,000 pesos, y el Comercio de
Buenos Aires no se hubiera aprovechado de esa Ley para realizar
sus riquezas ficticias. No se hizo asi; y estoy persuadido que
los Miembros del Gobierno sienten no haber tomado algun arbitrio
análogo: pero aun hay otra consideración que los
disculpa. Puesto que hago de ellos muy alto concepto para creer
que deseasen de veras ser una Provincia Argentina, prefirían
aquella agregación á otra. Creían que eso
solo había de ser el resultado de esos primeros esfuerzos.
Obraban como autoridad Provincial de una Provincia Argentina;
había un Gobierno Nacional que requería la admision
del papel, y lo mandó imperativamente dos meses después
en Diciembre de 1816; el Banco era Banco Nacional; se esperaba
que las otras Provincias admitirían voluntariamente la
moneda de lino podrido, ó quando mas que se les haría
venir por fuerza la gana de recibirlo con agrado, luego que se
aceptara la Constitución unitaria. Por dicha, nada de esto
se verificó: con todo, entonces había algunas probabilidades;
de modo que no se puede tachar al Gobierno sino de un poco de
precipitación. El mismo sintió la dificultad de
su situación, pues en la proclama que se publicó
a este respecto no dio los motivos de su resolución, alegando
que no eran al alcance del pueblo. Especie en que hay mas exactitud,
que cortesía en la expresión.
Ahora, si esos motivos. callados fueron bastantes para autorizar
al Gobierno sostituto á mandar que se admitiese el papel
por un valor que no tenía, manifiesto está que cesando
esos motivos, ó habiendo otros tan poderosos, bastan para
autorizar á la Asamblea Legislativa y Constituyente á
dar á ese mismo papel el valor que tiene, porque no puede
ser favorecida la mentira mas que la verdad. Pues no existe ya
la principal disculpa de la admisión del papel, (la presencia
de las tropas extrangeras Porteñas) hay motivos muy poderosos
para mudar de conducta, y estos motivos pueden publicarse, porque
son al alcance de todos; que no hay peón tan maturrango
que no entienda al que le dixese que un peso vale mas que dos
reales y medio; y que, gracias á Dios, los Montevideanos
no han llegado á ese grado de civilización en que
sea ridículo decir que la plata es blanca, lo que es una
verdad de Pedro Grullo.
Todas las leyes pueden ser derogadas por un poder igual al que
las hizo, y aquí hay poder superior; y los que han seguido
los negocios de la Provincia, no dexarán de acordarse que
poco después de la disolución de la Sala, se trató
en el Redactor oficioso, la cuestión de saber si no convendría
modificar la Ley sobre el papel moneda.
En mandando que no se reciba el papel, sino en parte de pagamento,
y por su valor, no se emita nada á nadie, sino á
algún fullero, que tenga todavía deudas antiguas,
la esperanza de robar setenta por ciento á sus acreedores.
No se desmonetiza el papel, pues, por dicha, no es del Estado;
no se prohibe al Banco de Buenos Aires pagarle en plata ó
en oro, si le conviene: á todos queda permitido servirse
de él en sus negocios, avisando á la otra parte;
comprarlo y venderlo como sucede en Montevideo, adonde sin ser
moneda legal, tiene mas crédito que en ninguna otra parte,
y es el objeto de infinitas transaciones. No se trata de obligar
á los poseedores á dar su papel al Estado en trueque
de otro todavía mas ruin; cada uno puede guardar sus notas
y sus páguese, y si quisiese, hacerlos poner en rico marco,
bajo de vidrio, para ornamento, de su sala, y escarmiento de sus
hijos.
¿Quales
son, pues, las pretensiones de los papelistas? Ya casi todo el
mal que podía hacer el papel en pago de deudas antiguas
está hecho. Por mas que se conservara moneda legal, no
daría ventaja ninguna á los tenedores, porque los
que venden no solo aumentarán sus precios, con relación
al de las onzas, sino con alguna cosa mas para asegurarse contra
una baja. En ningun caso el papel de Buenos Aires ha de ser pagado
en el Estado de Montevideo: tarde ó temprano, de un modo
ó de otro, ha de volver adonde salió; no es pues,
de ninguna utilidad detenerlo. No se arguya de la necesidad de
tener signos representativos para el comercio: nunca faltaron
en ningún país, ó si hiciesen falta, las
mismas notas de Buenos Aires continuarían á circular,
sin necesidad, y aun á pesar de la autoridad legal. La
adopción de la medida que propongo no sería quitar
el valor al papel, como tampoco al cobre, pues este valor no depende
del Estado: sería no mas que decir á los Ciudadanos;
deseámos que se pierda el uso de esas pretendidas monedas,
porque el Estado ha sido declarado independiente, y ha de serlo
de veras: porque el uso de una moneda, cuyo valor es variable,
es un juego, y que los contratos aleatorios á que por su
caracter está dispuesta de más esta población,
son contrarios á la moral y al buen gobierno, quando son
voluntarios, y contrarios á la justicia y á la buena
fé quando son forzados. Teníamos huéspedes,
de quien para agasajarlos mejor fué preciso recibir esa
moneda, que no puede con el viento, y esa otra que un moreno no
puede con ella; ahora que se fueron, enhorabuena á su 'tierra,
adonde Dios los mantenga, han de seguirlos sus monedas, que tal
vez allá les hagan falta.
Ninguno, ni de los que mas han hablado de garantía, ha
dicho que el Estado Montevideano debiese el valor integral del
papel que se halla en el Estado. Sería pretensión
exórbitante, pues ya quando se admitió, perdía
casi la mitad. Pues si el Estado no ha garantido todo, es evidente
que no ha garantido nada; pues es matemáticamente imposible
fijar el punto en que empieza, y en que ha de fenecer esa quimérica
garantía.
Creo completamente inadmisible el proyecto de establecer un Banco
en Montevideo, por la poca extensión de la Ciudad, y poca
población del Estado: no es indispensable y entonces es
peligroso. Los Bancos no pueden existir sino en las Ciudades grandes,
y también en los grandes Estados, á no ser que la
Ciudad misma sea el Estado como Hamburgo.
Pero puesto que un Banco Montevideano no fuese una buena cosa,
aun sería preferible á la circulación forzada
de un papel extrangero, porque los beneficios quedarían
en casa; porque si, lo que no creo, el Gobierno abusase de su
poder, esa violación redundaría en beneficio del
Estado, y sobre todo por la facilidad de verificar los villetes
falsos. Es este último motivo qué ha hecho multiplicar
los Bancos en Inglaterra, adonde hubiera bastado el de Londres.
Porque es reconocido allá, adonde entienden bastante el
Comercio, que no puede tener circulacion un papel, sino adonde
se puede verificar á cada instante.
Mas lo peor sería todavía que se acreditase aquí
como establecimiento público, una casa sucursal del Banco
de Buenos Aires: siendo mas que una casa particular de correspondencia
que puede tener el Banco de Buenos Aires, como otro qualquier
negociante, aunque haya quebrado. El infalible resultado de su
admisión, sería de hacer bajar la plaza de Comercio
de Montevideo, que se tiene conservada como una de las mas acreditadas
entre los mercados Americanos, al nivel de la plaza de Buenos
Aires, que está en la última categoría en
el crédito Europeo, y adonde no conservan alguna consideracion
comercial; sino las casas que están unidas con las de otro
país, especialmente de esta Ciudad. La medida, tal vez
conveniente entonces, de admitir el papel de Buenos Aires, no
fué pues, como qualquiera otra providencia en materia de
Legislación económica, sino una disposición
transitoria, resultado de las circunstancias; y que otras circunstancias
pueden alterar, modificar, ó anular del todo. Pero aunque
fuese por su naturaleza esa disposición tan fixa como era
mudable, aunque se supusiese que el poder executivo podía
empeñar el poder Legislativo, lo que es contrario á
los principios de toda Constitución libre, aunque se concediese
por fin, que el silencio de la Sala, á la vista de esas
providencias del Gobierno, valía por una aprobación
expresa esa acta, por la mudanza de las circunstancias, no dexaría
de ser caduca y susceptible de reforma.
La Sala no era completa quando se lanzaron aquellos decretos.
Le faltaban los Representantes de la parte de la Nación
la mas interesada en los negocios de Comercio y moneda, los que
hubieran sido mas capaces de discutir la cuestión; de modo,
que suponiendo que existiese una ley, y que el individuo político
fuese el mismo, en asunto de tamaña entidad es de derecho,
que siendo removidos los obstáculos que se opusieron á
la integridad de la Representación, se someta á
una nueva deliberación el asunto. Aunque la Sala hubiera
deliberado, no podía estipular sino por los que la habían
nombrado, y aun en esa hypótesis, el papel no se debería
admitir en las Ciudades cuyos Diputados no tomaron parte en la
deliberación. De modo, que habría de permanecer
esta doble Legislación, que trae bastantes inconvenientes:
pero es innecesario de alegar estas razones, porque como dixe,
el Estado actual no es la continuación de la Provincia
Oriental al que se hubieran agregado dos Ciudades mas, sino un
Cuerpo político nuevo, formado de la unión de dos
partes de territorio, que las potencias que estaban en posesión
de ellas, abandonaron respectivamente, junto con las pretensiones
que cada una de ellas tenía á la que poseía
la otra.
Tales son Montevideanos, las ideas que me sugirió vuestra
situación monetaria. Son muy sencillas, porque no soy un
sabio ni un economista para hacerlas profundas é intrincadas:
pero me parecen exactas. Lo que puedo aseguraros es, que si la
ciencia y el talento me faltaron, no me faltó buena fé,
y que en todo caso no podéis sospecharme de algún
interés, porque no tengo absolutamente ninguno en esta
cuestión, sino el que tomo en la prosperidad de esta Ciudad,
que tiene todos los elementos para llegar al mayor auge, y cuyas
bien fundadas esperanzas sería lástima fuesen frustradas
por imprudentes medidas administrativas, y también el que
tomo á favor de la justicia, para que con pretensiones
absurdas de una parte, y de otra ideas quixotescas, no se empobrezca
al mas débil, para enriquecer al más rico.
EL PLATISTA. |