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DIRECTORIO - RESOLUCION Nº: D-180-2019

Montevideo, 7 de agosto de 2019
 

VISTO: la solicitud de patrocinio del Instituto Uruguayo de Numismática para la realización de las Jornadas Uruguayas de Numismática 2019, formulada mediante nota de 5 de agosto de 2019.

RESULTANDO: que las Jornadas referidas en el Visto se realizarán entre los días 11 y 13 de octubre de 2019 y en las mismas se intercambiarán conocimientos vinculados a la numismática a través de conferencias y otras actividades.

CONSIDERANDO: I) que en las Jornadas referidas en el Visto se fomenta el desarrollo de la numismática en el Uruguay y el Banco Central del Uruguay cuenta, entre las atribuciones conducentes al logro de sus finalidades, con la emisión de billetes y la acuñación de monedas, conforme a lo dispuesto en el artículo 7, literal a) de la Ley N° 16.696 de 30 de marzo de 1995 y la promoción y desarrollo de la educación y cultura económica y financiera;

II) que se deberá recabar informe de disponibilidad presupuestal a efectos de determinar la existencia de fondos suficientes para la erogación a realizar.

ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por los artículos 3 y 7 de la Ley N° 16.696 de 30 de marzo de 1995, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley N° 18.401 de 24 de octubre de 2008 y artículo 334 de la Ley N° 18.996 de 7 de noviembre de 2012, respectivamente, a la Ley Nº 17.071 de 28 de diciembre de 1998, a la resolución D/338/2007 de 1 de agosto de 2007 y demás antecedentes que lucen en el expediente Nº 2019-50-1-1910,

SE RESUELVE:
1) Contribuir con la suma de U$S 2.500 (dólares estadounidenses dos mil quinientos) para la realización de las Jornadas mencionadas en el Visto.

2) Comunicar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto lo dispuesto en el numeral 1), de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Nº 17.071 de 28 de diciembre de 1998, una vez cumplido con lo establecido en el Considerando II).

3) Comunicar al Instituto de Uruguayo de Numismática lo resuelto en el numeral 1), una vez cumplido con lo establecido en el Considerando II).

Acta Nº 3433
Expediente Nº 2019-50-1-1910

Alfredo Allo
Secretario General

 
 
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